3 ene 2008

USUARIOS DE EXPLOSIVOS - REQUISITOS

Tipo de Norma: Disposición RENARNúmero de Norma: 099/04Emisor: RENARReferencia: APRUEBA REQUISITOS DE INSCRIPCION USUARIOS DE EXPLOSIVOS
BUENOS AIRES, 4 DE JUNIO DE 2004
VISTO las prescripciones del Decreto N° 302 del 8 de febrero de 1983,yCONSIDERANDO:Que a fin de asegurar un adecuado ordenamiento de las presentaciones que se efectúen ante este Registro Nacional de Armas, y de modo de brindar a los usuarios pautas claras y concretas, resulta aconsejable elaborar un cuerpo de instructivos que definan todos y cada uno de los recaudos a que habrán de ajustarse aquéllas que involucren solicitudes de actos con pólvoras, explosivos, artificios pirotécnicos y afines.Que asimismo, y a efectos de asegurar un adecuado control respecto de los movimientos de pólvoras, explosivos y afines, resulta indispensable, establecer los recaudos que deben contener los libros de entrada y salida de explosivos y pirotecnia, permitiendo adecuar los avances tecnológicos en los sistemas de registración y control, a los fines de la correcta integración de la información al Banco Nacional Informatizado de Datos del Registro Nacional de Armas.Que sin perjuicio de ello, corresponde que este Organismo, por intermedio de sus áreas competentes proceda al estudio de la reglamentación parcial de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, en lo referente a pólvoras, explosivos y afines, proponiendo en definitiva las modificaciones que pudieren corresponder a la luz de los actuales sistemas de comercialización y características de los materiales, atento el tiempo transcurrido – más de dos décadas - desde la puesta en vigencia de la norma legal antes citada.Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos de este Registro Nacional de Armas ha tomado la intervención que le corresponde.Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente de conformidad a las facultades que le confieren las Leyes Nros. 20.429, 23.979, los Decretos Nros. 302/83 y 37/01 y demás normas reglamentarias vigentes.Por ello,El DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMASDISPONE:ARTÍCULO 1º.- Aprobar el INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCIÓN – REINSCRIPCIÓN DE USUARIOS DE EXPLOSIVOS que como Anexo I se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 2º.- Aprobar el INSTRUCTIVO PARA LA HABILITACION Y REHABILITACIÓN DE FABRICAS, DEPOSITOS Y POLVORINES PARA USUARIOS DE EXPLOSIVOS que como Anexo II se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 3º.- Aprobar el INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCIÓN – REINSCRIPCIÓN DE USUARIOS DE PIROTECNIA que como Anexo III se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 4º.- Aprobar el INSTRUCTIVO PARA LA HABILITACION Y REHABILITACION DE FABRICAS Y DEPOSITOS PARA USUARIOS DE PIROTECNIA que como Anexo IV se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 5º.- Aprobar el INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD DE IMPORTACIÓN/EXPORTACION DE EXPLOSIVOS/PIROTECNIA que como Anexo V se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 6º.- Aprobar las CONDICIONES DE SEGURIDAD DE INSTALACIONES DE FABRICAS DE EXPLOSIVOS, que como Anexo VI se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 7º.- Aprobar las CONDICIONES DE SEGURIDAD DE POLVORINES, que como Anexo VII se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 8º.- Aprobar las CONDICIONES DE SEGURIDAD DE INSTALACIONES DE FABRICAS DE ARTIFICIOS PIROTECNICOS, que como Anexo VIII se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 9º.- Aprobar las CONDICIONES DE SEGURIDAD DE DEPOSITOS DE ARTIFICIOS PIROTECNICOS, que como Anexo IX se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 10.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS TIPO F1, que como Anexo X se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 11.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS TIPO F2, que como Anexo XI se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 12.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS TIPO E1, que como Anexo XII se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 13.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS TIPO E2 y ANEXO E2, que como Anexos XIII y XIV se agregan a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 14.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS TIPO P1, que como Anexo XV se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 15.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS TIPO P2, que como Anexo XVI se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 16.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS N° 6, que como Anexo XVII se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 17.- Aprobar la FICHA DE DATOS TECNICOS N° 7, que como Anexo XVIII se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 18.- Aprobar el diseño del LIBRO OFICIAL DE MOVIMIENTOS DE EXPLOSIVOS (Caratula, Tapa, Instrucciones, Contenido), que como Anexo XIX se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 19.- Aprobar el diseño de la planilla INFORME MENSUAL DE MOVIMIENTOS DE EXPLOSIVOS, que como Anexo XX se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 20.- Aprobar el diseño de la planilla INFORME TRIMESTRAL DE MOVIMIENTOS DE EXPLOSIVOS de pequeños usuarios, que como Anexo XXI se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 21.- Aprobar el diseño de la planilla INFORME TRIMESTRAL DE SERVICIOS DE VOLADURAS que deberán presentar los usuarios inscriptos en el rubro Usuarios que Reciben Servicios de Voladuras, que como Anexo XXII se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 22.- Aprobar el diseño del LIBRO DE REGISTRO DE MOVIMIENTOS DE ARTIFICIOS PIROTECNICOS (Caratula, Tapa, Instrucciones, Contenido),, que como Anexo XXIII se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTÍCULO 23.- Aprobar el diseño de la planilla INFORME MENSUAL DE MOVIMIENTOS DE ARTIFICIOS PIROTECNICOS, que como Anexo XXIV se agrega a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.ARTICULO 24.- Derogar las Disposiciones RENAR Nros. 076 del 1° de octubre de 2001, 083 del 12 de octubre de 2001, 083 de fecha 12 de mayo de 2002 y toda otra Disposición que se oponga a la presente. JUAN CARLOS RAMOS DIRECTOR NACIONAL - RENAR

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