3 ene 2008

ACCIDENTES DE TRABAJO - UN SISTEMA CON FALLAS DE CONTROL

Tras haber superado los diez años de vigencia, el Sistema de Riesgos del Trabajo sigue vigente con sus virtudes y con sus defectos; algunos caballitos de batalla como la previsibilidad, la disminución del “costo empresario” que se plantearon en una primera etapa para el corto plazo ya han sido superados, pero la disminución de los accidentes de trabajo, objetivo que se tendría que cumplir a mediano y largo plazo, no sólo no ve avances específicos sino que, en lugar de disminuir, los Accidentes Laborales aumentan ¿Por qué?
En este mes de Julio se cumplieron once años desde la puesta en práctica del Sistema de Riesgos del Trabajo. Independientemente de los tres (3) fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por los cuales se declararon una serie de inconstitucionalidades sobre una cantidad similar de artículos que poseía la norma, el sistema se ha mantenido vigente y, según los trascendidos periodísticos, se mantendrá, en lo que hace a su columna vertebral, como un subsistema de la Seguridad Social administrado por operadores privados.
En estos años se han observado virtudes y defectos, pero estos últimos no opacan a las primeras ya que para muchos, este Sistema, era la única salida que había tras los innumerables problemas que existían en el viejo esquema sustentado en la antigua ley de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de principios del siglo XX (1915) y sus posteriores modificaciones.
Si se separaran los aspectos económicos vinculados a los montos de las indemnizaciones respecto de otros como la atención médica o la prevención de riesgos ocupacionales se puede señalar que una de lasprincipales virtudes de la Ley sobre Riesgos del Trabajo esta vinculada con el mejoramiento de las prestaciones medicas en especial en los casos de alta complejidad, Por el contrario, si se tuviera que preguntar por algunos de sus principales déficit, la respuesta sería “la prevención”.
1.- ¿Por qué la prevención es el gran déficit del Sistema de Riesgos del Trabajo?
En algún artículo anterior, Los riesgos del trabajo y la medicina laboral se ha puesto énfasis en enumerar las causas por las cuales la prevención es la gran ausente en todo este esquema. Bastaría recordar que las autoridades de ese entonces de la SRT señalaban como objetivos de corto plazo el dar previsibilidad a los empresarios (se cumplió hasta la llegada de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) o bien la disminución del costo laboral, mientras que la reducción de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales a través de “la prevención” era, para ese momento, en objetivo de mediano y largo plazo.
Al igual que lo que decía el célebre economista británico John Maynard Keynes (1883-1946) “¿Para qué sirve el largo plazo, si cuando éste llegue vamos a estar todos muertos”?; con la prevención pasa lo mismo, no es posible admitir que su éxito sólo se dé en el mediano y largo plazo, puesto que las consecuencias de los accidentes, en todos sus aspectos, son inmediatas y por ende sus secuelas no aparecen ni en el mediano, ni en el largo plazo, sino ya y ahora. De manera que lo importante es evitar que ocurran y para ello hace falta prevención.
A la luz de la evolución de nuestro actual ciclo económico puede advertirse que el país lleva diecisiete trimestres consecutivos de crecimiento económico y como se suele leer, ver o escuchar en cualquier medio periodístico, este crecimiento se da a valores de PBI equivalentes a los de China; del mismo modo, también los accidentes vienen creciendo en forma importante y consecutiva a partir del año 2002, aunque desconocemos si también a tasas Chinas.
2.- ¿Cuáles el o cuáles son los motivos por los que los accidentes crecen año a año?
En el mes de Diciembre del año 2005, en la Edición Nº 41 de Noticias SRT, el organismo de control titulaba respecto de la siniestralidad laboral del año 2004: “LOS ACCIDENTES DE TRABAJO CRECIERON MAS QUE EL EMPLEO”.
Del mismo modo en Diciembre de 2006 señalaba que: “la Superintendencia de Riesgos del Trabajo informa que en el año 2005 fueron notificados al Sistema de Riesgos del Trabajo un total de 570.824 accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP), sobre una cobertura promedio de 6.000.749 trabajadores, mostrando en relación al año 2004 un incremento superior de la accidentabilidad (15,3%)” (Ver Edición Nº 55 – Boletín SRT – Año 2006).
Si se toma como referencia el año 2005 y se lo compara contra el año 2002(tal vez el peor desde el punto de vista de la recesión) se puede observar que el número de trabajadores creció en un 34%, en tanto que el número de empleadores lo hizo en un 32.5% pero el número de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales aumentó en un 66%.
Hay muchas respuestas para la pregunta que se formula previamente. Seguidamente se mencionan sólo algunas de ellas:
Mayor cantidad de trabajadores “en blanco” en el mercado de trabajo con la consecuente reducción del desempleo,
Personal poco capacitado dada su reciente incorporación al mundo laboral,
Poco o nulo interés de los empleadores en disminuir los accidentes,
Baja participación de los sindicatos en este tema (pese a los importantes esfuerzos que se hace desde el organismo nacional de contralor a través de su capacitación gratuita mediante convenios entre estos y la SRT) pues se sigue tratando y negociando peores condiciones de trabajo contra una mejora salarial, etc.
No obstante, la principal causa o motivo por el cual siguen incrementándose los accidentes de trabajo es: la falta de control o bien el fracaso del actual sistema de control.
El acervo cultural argentino es muy rico en máximas o refranes que aluden a este tema del control o bien a las consecuencias de la falta de control tales como: “el ojo del amo engorda el ganado” o “la culpa no es del chancho sino de quien le da de comer” o “el hombre es bueno por naturaleza pero es mejor si está controlado”, etc.. Todos estos son aplicables a nuestra realidad actual en cualquier aspecto que se observe.
3.- ¿Qué es el control?
El Ing. Henry Farol (1841-1925) especialista en la administración de empresas, señalaba que para que una empresa fuera exitosa debía cumplir con cinco (5) funciones básicas:
1. Planear: implicaba disponer de un adecuado planeamiento de la producción.
2. Organizar: significaba que la organización empresarial debía estar perfectamente definida al igual que los sectores de trabajo.
3. Mandar: estaba referido a los distintos estilos de mando los cuales abarcan un abanico que comienza en el líder permisivo finalizando con el líder autocrático.
4. Coordinar: las diferentes áreas de una empresa debían trabajar en forma coordinada para que no se efectúen superposiciones, ni para que cada una de ellas trabaje en forma independiente de las otras.
5. Controlar: cada una de las funciones anteriores debían ser controladas en forma constante para verificar que sus objetivos fueran cumplidos.
Decía además, que si las primeras cuatro funciones se cumplían al máximo de su eficiencia esto era muy bueno para la empresa, pero si la última no lo hacía o bien presentaba fallas, era equivalente al fracaso de las cuatro anteriores y la empresa finalizaría en un colapso tarde o temprano. Es decir que para que algo pueda ser coronado con el éxito es necesario disponer de un muy buen sistema de control.
Justamente es éste el Talón de Aquiles del Sistema actualmente vigente y del por qué no se hace prevención; este tema del control es extrapolable a un sin fin de actividades en la Argentina que van desde los cortes de calles, rutas, puentes, etc. hasta los problemas con el tránsito, las licitaciones, las adjudicaciones de obras públicas, etc. Entonces frente a este caos de falta de control a nivel del país ¿cómo va a estar ajeno al mismo el tema de la prevención?
Definiciones de control hay muchas y en general son bastante coincidentes. Algunas de ellas son las siguientes:
1. Proceso por el cual los "gerentes" se aseguran que las actividades ejecutadas concuerden con los objetivos planificados
2. Actividad de monitorear los resultados de una acción y tomar medidas para hacer correcciones inmediatas y medidas preventivas para evitar eventos indeseables en el futuro
3. Proceso de monitorear las actividades de la organización para comprobar si se ajusta a lo planeado y para corregir las fallas o desviaciones.
Queda, pues claramente demostrado que, el control es una de las principales o la principal llave para alcanzar el éxito aunque ésta es una condición necesaria pero no suficiente ya que debe estar acompañada por otras que las complementen tales como pueden ser la divulgación, la participación, el mejoramiento normativo, el establecimiento de objetivos y políticas nacionales. etc.
El controlar significa verificar que se cumplan ciertas pautas, procedimientos, objetivos, políticas, etc. de manera de lograr que se alcance la meta deseada en los tiempos fijados y con los costos definidos.
4.- El control interno del Sistema de Riesgos del Trabajo
Para bien o para mal, guste o no, se esté de acuerdo o en desacuerdo, de casualidad o no, elaborado en forma conciente o no, el propio sistema de riesgos del trabajo tiene un mecanismo interno de control cruzado entre los trabajadores y sus representantes (los sindicatos), los empleadores, los operadores del sistema (las ART´s) y el Estado como entidad rectora u orientadora del mismo que busca corregir las desviaciones que se produzcan por cualquiera de los actores sociales mencionados.
En efecto, cuando se reglamenta por primera vez la Ley sobre Riesgos del Trabajo (Dec. Nº 170/96 – 21/02/1996) se establece una serie de obligaciones, derechos y prohibiciones para todas las partes. Tal es así, que la normativa indica que:
En caso de omisión o incumplimiento de la aseguradora de las obligaciones previstas en la Ley sobre Riesgos del Trabajo, el empleador deberá intimarla fehacientemente dentro de los TREINTA (30) días corridos de haberse producido el hecho. Transcurrido dicho plazo sin haber sido regularizada la situación el empleador deberá notificar el hecho a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Puede apreciarse que si la aseguradora no cumple con sus obligaciones el empleador debe intimarla a cumplirlas y en caso de seguir incumpliendo éste debe notificar lo o denunciarlo ante la SRT.
Por otro lado, el trabajador también puede denunciar en cualquier momento los incumplimientos de su aseguradora, sin intimación previa, ya sea por si mismo o través de la entidad gremial que lo nuclée.
Los trabajadores o sus representantes podrán denunciar ante la aseguradora, si correspondiere, o ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo los incumplimientos al Plan de Mejoramiento en los que incurra el empleador y las violaciones a las normas de higiene y seguridad en el trabajo que se produzcan en el establecimiento.
En este caso, si el que no cumple es el empleador son los trabajadores o sus representantes los que pueden denunciarlo ante la SRT o ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
Cuando el empleador afiliado no cumpla en tiempo y forma con las obligaciones establecidas en el artículo 9º del presente Decreto la aseguradora notificará a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, dentro de los TREINTA (30) días corridos de verificado el hecho. La misma obligación tendrá la aseguradora cuando, una vez cumplido el Plan de Mejoramiento, el empleador no cumpliera con las obligaciones legales en materia de higiene y seguridad.
Del mismo modo, si la ART constata incumplimientos del empleador a las normas de higiene y seguridad en el trabajo debe notificar a la SRT tales violaciones.
Por su parte, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) es auditada periódicamente por la Sindicatura General de la Nación (http://www.sigen.gov.ar/) - Ver Informes de Auditorías – También sus autoridades pueden ser denunciadas por cualquiera de las partes por incumplimiento de deberes de funcionarios públicos. Como puede observarse, si la ART no cumple, el empleador y los trabajadores pueden denunciarla; si el empleador no cumple la ART y los trabajadores

Todo pareciera indicar que existe un sistema balanceado de controles cruzados que harían que el mismo se balanceara entre sí de manera que si se observan violaciones es el propio sistema de control el que las corrige.Sería algo similar al balance que debería existir entre los tres (3) poderes del Estado. Pero en ambos casos la realidad dista mucho de la teoría y como decía alguien “La verdad es la única realidad”. Entonces ¿cómo es esta realidad?Cada actor social presenta características propias según el rol que represente.
5.- El control según las acciones de los actores sociales
5.1.- Los empleadores y los Servicios de Prevención
Las empresas deberían ser las más interesadas en que su personal no sufra accidentes de trabajo ya sea por los innumerables problemas que les puede traer aparejados (sanciones, juicios laborales, pérdida de productividad por equipos dañados, etc.) y por el incremento de costos que todo esto trae aparejado (se excluye en esta apreciación los accidentes in itinere).
Pero: ¿quién controla a los empleadores en lo atinente a estos temas? – Por una parte, las ART´s son las que deben controlar que las empresas cumplan acabadamente con las normas legales vigentes y, como se señaló previamente, denunciar los incumplimientos a la autoridad de contralor (SRT) y por otra parte, el trabajador o sus representantes deben hacer lo propio cuando detectan incumplimientos ya que lo que está en juego no es nada más ni nada menos que la vida y la salud de una persona o de un colectivo de trabajo.
Asimismo, debe mencionarse que muchas veces a las empresas les resulta más beneficiosos pagar las sanciones que se les aplican que modificar las condiciones peligrosas que ocasionaron o que pudieran ocasionar un accidente de trabajo. Por otra lado, el infractor posee el beneficio del largo proceso administrativo que debe llevarse a cabo para lograr la aplicación de una multa.
Lo cierto es que muchas empresas no denuncian sus accidentes de trabajo, la mayoría ni los investiga, tampoco poseen responsables en higiene y seguridad en el trabajo, no todas las ART´s denuncian a las empresas afiliadas (actualmente se observa una mayor actividad en lo que hace a denuncias por parte de las Aseguradoras), las autoridades laborales provinciales controlan poco o nada pues carecen de personal especializado en estos temas y en definitiva es el trabajador el perjudicado. Del tema control, mejor no hablar.
Respecto de los Servicios de Prevención: léase medicina del trabajo e higiene y seguridad en el trabajo la situación no es nada alentadora. Por una parte, la mayor parte de las empresas no los posee y como tampoco se controla todo sigue igual. Otras que sí lo poseen lo hacen exclusivamente desde el punto de vista normativo, es decir cumplir con una formalidad y no le importa si se cumple o no con la prestación o bien ni se ocupa de efectuar lo que se recomienda.
Por el lado contrario, están los prestadores de firmas, es decir aquellos que asumen riesgos pero no hacen nada. Sólo pasan a retirar su “mensualidad”.
Naturalmente, está la gama de aquellos que hacen a conciencia su trabajo.
5.2.- Los trabajadores y sus entidades representativas
En general los trabajadores como actores individuales tienen poco por hacer pues una denuncia puede significarles una rápida salida de su trabajo, a excepción que el trabajador ya haya sido despedido y por ende, juicio de por medio, realice una denuncia ante la SRT.
Los que sí pueden denunciar a los empleadores son los representantes de los trabajadores es decir los gremios que los agrupan.
Como ya es bastante conocido por todo el mundo, en la Argentina la negociación Salud por Dinero es una moneda corriente e inclusive se plasma en varios convenios colectivos de trabajo tal el caso de los metalúrgicos y otros, de manera que se parte de una base poco sustentable en lo que hace al interés sindical por controlar las condiciones de trabajo y denunciar a las empresas.
También se ha pasado por experiencias bastante tristes con algunos gremios que proclamaban marchas por la vida y que por medios “non santos” solicitaban a los empleadores “compensaciones económicas” para no hacer denuncias relacionadas con malas condiciones de seguridad en los lugares de trabajo. Tras una investigación de un programa de televisión, todo ello salió a la luz y se procesó a algunos de estos dirigentes gremiales. La prevención había pasado a ser un negocio altamente rentable para algunos, pero no para los trabajadores.
Tampoco los gremios asumen que dentro de la negociación colectiva lo único importante no es sólo el salario, sino que hay otros aspectos vinculados con las condiciones de trabajo, ya que es el trabajador quien pone al servicio de un empleador su vida y su salud (único capital disponible del trabajador) y no el dirigente sindical.
Pese a todo lo señalado, hay excepciones que confirman las reglas.
5.3.- Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo
La normativa le impuso a éstas su obligación de asesoramiento y de control primario de la legislación, debiendo denunciar los incumplimientos. Transcurridos los dos (2) primeros años del sistema actual y con la finalización de los Planes de Mejoramiento (verdadera moratoria para los empleadores) las ART´s denunciaron a la totalidad de las empresas que no cumplían con las normas legales vigentes. ¿Qué pasó con estos miles de denuncias? – NADA
También es cierto que la mayoría de las denuncias que se formulan en la actualidad a la autoridad de contralor, son derivadas a las jurisdicciones laborales provinciales que correspondan para su constatación cosa que pocos o casi ninguno hace o si lo hace tarda bastante en verificarse sus resultados de manera que estas nuevas denuncias de incumplimientos finalizan, generalmente, en el mismo lugar que las anteriores es decir en la NADA.
Muchas veces una aseguradora requiere de un auxilio adicional para lograr que un empleador cumpla con algo que se le ha solicitado, pero las respuestas no llegan o bien se trabaja por caminos diferentes como si cada parte (SRT y ART) tuvieran en materia de prevención objetivos distintos e incompatibles.
Además, las ART´s priorizan a los grandes clientes o a aquellos que poseen elevados índices de accidentabilidad de manera que sólo llegan a un pequeño grupo de empresas y el resto bien gracias, ya que no impactan en sus costos.Basta observar cómo se aprueban los Programas de Seguridad de las empresas de construcción para darse cuenta cuánto le importa la prevención a una ART. En un alto porcentaje, estos programas se limitan a copiar la normativa y no se desarrollan en función de los riesgos específicos y lo que es peor aún, es que la aseguradora los aprueba. La normativa exige que se diagramen planes de visitas a las obras pero no hay empresas de construcción a las cuales les hayan llegado estos planes. De modo que en los temas de control estamos en poco o NADA.
5.4.- Las autoridades de contralor
Se las menciona en plural pues como es de público conocimiento la República Argentina es un país que constitucionalmente se considera federal ¿es siempre federal o sólo a veces?; de manera que hay una autoridad nacional (la SRT) que se ocupa de controlar a las ART´s y los problemas en empresas federales, y otras autoridades laborales que son las provinciales cuya función se limita al contralor de lo que, en esta materia, sucede dentro de su provincia.
En el primer caso, las acciones que se vienen desarrollando en materia de prevención no contemplan por ejemplo la fijación de un objetivo nacional relacionado con la disminución de los accidentes de trabajo. La excepción del caso es el Programa de Reducción de los Accidentes Mortales. Lo mismo ocurre con la fijación de un objetivo similar es decir a nivel del país tendiente a disminuir los días de baja por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, tema éste que es muy sensible a los empleadores.
Al no establecerse objetivos es difícil poner en práctica programas de contralor tendientes a verificar la evolución de estos Programas.
En estos últimos años la SRT ha centrado sus acciones en la difusión de la normativa, en la instauración en el mercado del trabajo de aspectos inherentes a la participación de los trabajadores a través de la creación de los Comités Mixtos de Salud y Seguridad en el Trabajo, en la celebración de convenios de formación en temas de prevención con los sindicatos en sus distintos niveles (primero, segundo y tercer nivel) y en la difusión de temas de relacionados con los riesgos laborales mediante encuentros, jornadas, congresos, concursos, etc..
A modo de ejemplo en los últimos cuatro años se firmados acuerdos con entidades sindicales tales como: Sindicato Obreros de Maestranza, Unión Trabajadores de la Industria del Calzado de la República Argentina Unión Obreros y Empleados Tintoreros, Sombrereros y Lavaderos, Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores, Círculo Sindical de Prensa de Córdoba, Unión Obrera Metalúrgica de República Argentina, Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina, Unión de Trabajadores de la Educación, Asociación Obrera Minera Argentina, Federación Argentina de Trabajadores de la Industria del Cuero y Afines, Federación Judicial Argentina, Sindicato Argentino de Televisión, Unión de Trabajadores de la Industria del Calzado de la Rep. Argentina, Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, etc.
Según refiere la SRT en la Edición Noticias SRT Nº 52 del año 2006, “en los últimos cuatro años se han capacitado más de 100.000 trabajadores a través de sus respectivos gremios, mediante el impulso y apoyo brindado por la SRT.En virtud de los Convenios Marco tanto con la CGT como con la CTA, se han suscripto hasta la fecha alrededor de 40 Acuerdos Específicos de Capacitación con gremios comprendidos en los grandes sectores de actividad económica que integran: la construcción, el agro, los servicios y la industria”.
Todas estas acciones son muy loables, entendibles y hasta puede ser que sean muy importantes para alguno de los actores sociales pero los accidentes de trabajo aumentan sin cesar y sin pausa todos los años desde el año 2002.Asimismo, la SRT ha desarrollado también acciones con casi la totalidad de las administraciones provinciales del trabajo en el sentido de colaboración con éstas en temas de formación, asesoramiento y asistencia técnica y económica para la formación de sus recursos humanos en especial todo lo inherente a la Inspección Provincial del Trabajo vinculada con el control de la problemática de la salud y seguridad en el trabajo. Lamentablemente, el resultado obtenido no está en línea con estas acciones.
Ahora bien, para poder saber qué controlar es necesario contar con información y para poder verificar si las acciones de control resultan beneficiosas o no, la información debe ser constante en el tiempo. En este caso, la información que se necesita es de tipo estadística es decir poder disponer de datos para conocer dónde se está parado y en base a ello tomar las decisiones tendientes a la reducción de los accidentes y enfermedades del trabajo.
A partir de este puntapié inicial y con datos estadísticos constantes se irá monitoreando su evolución de manera de aplicar correcciones o no en función de los posibles desvíos que se pueden ir produciendo.
Lamentablemente, la información estadística vinculada con los accidentes de trabajo en el sentido de poder conocer su evolución, hay que esperarla un año pues los datos son publicados sólo una vez al año, de manera que en este año nos enteramos lo que ocurrió en el año 2005, en el año 2008 aparecerán las del 2006 y así sucesivamente. En pleno siglo XXI y con la informática que se dispone en estos momentos ¿no es factible conocer datos cada mes o bien cada dos meses, para observar qué esta ocurriendo en el país?
Aplicando esta metodología en una empresa que quisiera conocer si va dando ganancias o perdidas a lo largo del año debería aguardar todo año hasta que cierre el ejercicio y recién en ese momento enterarse del resultado y a partir de allí comenzar a corregir sus desvíos. Luego, esperar otro año y reiniciar el ciclo y así sucesivamente. ¿Dónde terminaría esa empresa con esta metodología de trabajo?
Con la información tal como lo está en la actualidad y al menos para los que observan la realidad argentina en esta materia, se hace muy difícil analizar la evolución de los accidentes de trabajo y recomendar cursos de acción a seguir sobre lo que no se conoce o bien cuando se los indica ya es tarde. Debe recordarse que el peor riesgo que se asume es aquel que no se conoce.
Por otra parte, la SRT tampoco publica en su página web el balance o las acciones realizadas por su personal o por el organismo en su conjunto en temas de control tanto de empresas como en las ART´s y mucho menos sus resultados. Solamente cuando se realiza la Semana de la Salud y Seguridad durante el mes de abril de estos últimos años, las autoridades nacionales informan sobre estos temas mediante una catarata de datos que al ser presentados oralmente y contra reloj son difíciles de retener y mucho menos de registrar o en algunos casos ni se mencionan para “no aburrir al auditorio”.

6.- Una alternativa a considerar
El pasado 21 de febrero, la Unión Europea presentó su objetivo para el quinquenio 2007-2012 en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales señalando que el mismo consistía en la:”Reducción continua, duradera y homogénea de los accidentes laborales y de las enfermedades profesionales”.
La cuantificación de este objetivo se traduje en: “Lograr un reducción global del 25% en la incidencia de estos infortunios laborales ”durante el período 2007-2012.
Para alcanzar este objetivo se pensó en una serie de políticas a nivel de los Estados Miembros a saber:
Garantizar la correcta aplicación de la legislación de la Unión Europea;
Apoyar a las PYME´s en la aplicación de la legislación vigente;
Adaptar el marco jurídico a la evolución del mundo del trabajo y simplificarlo, teniendo muy presentes a las PYME´s;
Fomentar el desarrollo y la puesta en práctica de las estrategias nacionales;
Fomentar los cambios de comportamiento entre los trabajadores y animar a los empresarios a que adopten enfoques que favorezcan a la salud;
Elaborar métodos para la identificación y evaluación de nuevos riesgos potenciales;
Mejorar el seguimiento de los progresos alcanzados;
Promover la salud y la seguridad a escala internacional;
Por fin, en el marco de las estrategias tendientes a lograr alcanzar el objetivo propuesto y en base a las políticas mencionadas se señalan las siguientes:
Reforzar la aplicación de la legislación comunitaria: las estrategias nacionales deberían dar prioridad a la aplicación de un conjunto de instrumentos que garanticen un nivel elevado de cumplimiento de la legislación, en particular en las PYME´s y en los sectores de alto riesgo.
Incrementar la cooperación en el control de la aplicación de la legislación: A escala nacional, será preciso prever los medios adecuados para que las inspecciones de trabajo puedan asegurarse de que los agentes interesados respetan sus obligaciones y están en condiciones de ejercer sus derechos, incluso mediante controles que lleven consigo la aplicación efectiva de sanciones disuasorias y proporcionadas y procedimientos por incumplimiento de las normas de salud y seguridad.
Simplificación del marco legislativo y adaptación a los cambios: En el plano nacional, todo esfuerzo de simplificación tangible para las empresas debe materializarse en una mejora y una simplificación del marco nacional, sin reducir los niveles de protección existentes.
Independientemente de otras acciones que también se indican en el documento, las acciones de control son las primeras en mencionarse.
Este esquema es perfectamente aplicable en la República Argentina ya que cada figura institucional de la UE puede asimilarse a nuestro sistema federal. La Unión Europea podría ser el equivalente al nivel Nacional, en tanto que los Estados Miembros serían los pares de la provincias argentinas.
¿Es muy complicado mirar y tratar de aprender de otros que hace más años están en estos temas y tienen una mayor experiencia?
Nuestra realidad en lo que hace a los accidentes de trabajo es decir en sus aspectos de fondo no debe ser muy diferente de lo que sucede en estos otros países (seguramente hay empresarios muy parecidos a los nuestros, trabajadores similares a los argentinos, aunque tal vez los gremios sean algo diferentes, lo mismo que las autoridades de contralor) de manera que los grandes lineamientos pueden ser perfectamente aplicables a la Argentina o bien al menos tomar los criterios que se utilizan para llevar una buena gestión de control.
En algún lugar o en algunos lugares de nuestro sistema de control se producen fallas que hace que el mismo sea ineficiente y no cumpla con sus funciones. Bastará con sentarse a desmenuzarlo y analizarlo en profundidad de manera de poder introducir las correcciones necesarias.
Seguramente y logrando aplicar en todos los campos del sistema los controles adecuados podamos alcanzar la tan anhelada meta de reducir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

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