3 ene 2008

DOCUMENTACION QUE DEBERAN CONTAR PARA TRASPORTAR EXPLOSIVOS, POLVORA Y MATERIALES CONTROLADOS

Ley Nacional 24449, Decreto 779/95, Resol 233 “Reglamento general para el transporte de materiales peligros por carretera” y demás Decretos y Disposiciones vigentes

· Cedula de Identidad del Automotor (Art 40 inc b) y e) Ley 24449; Art 4 inc e) Decreto 1035/2002)
· Carnet Nacional Habilitante de DOS (2) chóferes para sustancias peligrosas Decreto 779/95 Anexo S art 27 y Decreto 1035/02 art (s) 4 inc e) y 22.
· Revisión Técnica obligatoria del CENT art 34 ley 24.449; art 34 decreto 779/95; Decreto 1035/02 art 18; Resolución ST 417/92.
· Póliza de Seguro Obligatorio Art, 40 ine e) y 68 Ley 24.449; Art. 10 Ley 24653 y Art. 4 inc f) y Art, 23 Decreto 1035/02.
· Registro Unico Transporte Automotores (Ruta) Ley 24653 Art, 6° - Decreto 1035/02 Art, 40 Y 19 - Resolución ST Nro 74/2002 .
· Ficha de Intervención Art 35 inc b del Anexo “S” del Decreto 779/95; Anexo “C” de la Resolución SST 720/87 y Art 49 Decreto 1035/02.
· Tacografo en perfecto funcionamiento ART 53 inc "G" ley 24449; Art 13 Anexo "S" Decreto 779/95; Art 42 Decreto 1035/02.
· Paneles de Seguridad Art (s) 11, 45, 49 Y 52 del Anexo "S" del Decreto 779/95; Resol SOPYT 195/97 y Al·t 34 Dec 1035/02.
· Documentación de la Carga Art 56 inc e) Ley 24.449; Art 9 Ley 24.653; Art 20 Decreto 1035/2002

DECRETO REGLAMENTARIO NRO 302/83 DE LA LEY 20.429
Articulo 81 al 125
El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos por intermedio del Registro Nacional de Armas, fiscalizara, controlara y registrara todos los actos que la Empresa realice en todo el territorio nacional y pasos internacionales en el transporte de materiales clasificados a través de las Fuerzas Federales y Provinciales (Art 599 Dec 302/83) y en aplicación de convenios marcos preexistentes con otras Instituciones.

Uds., deberán adoptar todas las medidas necesarias para brindar la seguridad durante el transporte del material, debiendo informar de inmediato a las autoridades de Gendarmería Nacional o Policiales en caso de suceder alguna eventualidad “Accidentes – sustracción” , como así al responsable dentro de la Empresa.

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