DISPOSICIÓN RENAR 140/2009
BUENOS AIRES, 15 de abril de 2009
VISTO lo normado por
CONSIDERANDO:
Que por Disposición RENAR 203/2004 se ha definido la requisitoria a presentar por los Usuarios Colectivos cuyo acto de servicio sea la “Custodia de dinero y otros valores” y demás actos de servicio, que tramiten por ante
Que por la dinámica propia de la materia, se han efectuado modificaciones en los requisitos a ser presentados por los citados Usuarios Colectivos.
Que a fin de asegurar un adecuado ordenamiento de las presentaciones que se efectúen, resulta aconsejable elaborar un instructivo que defina todos y cada uno de los recaudos a que habrán de ajustarse aquellas solicitudes.
Que
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por las Leyes Nros. 20.429, 23.979 y 26.338 y por el Decreto Nro. 2079/08.
Por ello,
El DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Instructivo para todo trámite a ser presentado por aquellos Usuarios Colectivos cuyo acto de servicio sea la “Custodia de dinero y otros valores” y demás actos de servicio, que tramiten por ante
ARTICULO 2°.- Deróguese
ARTICULO 3°.- Establécese que la presente disposición entrará en vigencia a partir del 4 de mayo de 2009.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos del RENAR y cumplido archívese.
FIRMADO
ANDRES MATIAS MEISZNER
DIRECTOR NACIONAL
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