25 jul 2011

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL MANEJO DE RADIACIONES IONIZANTES EN LA ACTIVIDAD PETROLIFERA

Por Santiago Eugenio González
Licenciado en Seguridad
Especialista en Seguridad e Higiene en el Trabajo

La misma fue elaborada con la finalidad establecer la metodología de trabajo para asegurar que todo el personal propio y contratado conozca los riesgos de radiaciones ionizantes en su trabajo y las medidas de protección que deben tomar para prevenir sus efectos.

a) Definiciones:

Radiaciones Ionizantes

Son aquellas radiaciones que reaccionan con las moléculas de dos maneras: por ionización, donde la radiación expulsa un electrón fuera de la molécula y por excitación cuando el electrón de una órbita se eleva a un nivel superior de energía. Las radiaciones ionizantes se dividen en dos grupos: Partículas Radiactivas (rayos alfa, beta, neutrones, protones y los positrones) y Radiaciones Electromagnéticas (rayos gamma y rayos x

Radioactividad

Propiedad de ciertas sustancias de producir radiaciones y ondas calóricas susceptibles de causar lesiones o deterioro en los tejidos orgánicos, la salud o el ambiente.

Rayos X

Radiaciones electromagnéticas de corta longitud de onda (comprendidas entre el ultravioleta y los rayos γ) que atraviesan con mayor o menor facilidad los cuerpos materiales.

Rayos Gamma (γ)

Radiaciones electromagnéticas, se origina de la transformación de un núcleo atómico, a menudo se acompaña de emisión de partículas alfa y beta, diferenciándose de los rayos X que se originan fuera del núcleo atómico

Sustancia Peligrosa

Aquella sustancia que presente o conlleve, entre otras, las siguientes características intrínsecas: corrosividad, explosividad, inflamabilidad, patogenicidad o bioinfecciosidad, radioactividad, reactividad y toxicidad, de acuerdo a pruebas estándar.

b) Consideraciones previas: Ninguna

c) Responsabilidades:

Tecnico de seguridad y/o Oficial de Seguridad de Radiación:

Elabora esta normativa.

Jefe de Medio Ambiente, Seguridad y Calidad de la Unidad (MASC):

- Revisa esta normativa.

- Concienciar y capacitar al personal sobre los riesgos y prevenciones a tomar en el manejo de petróleo, combustibles líquidos y GLP

Director de la unidad:

Aprobar esta normativa.

Supervisores del área:

Hacer cumplir esta normativa

Empresas contratistas:

Cumplir con esta normativa.

d) Fases del proceso:

En las operaciones de radiografiado de soldaduras e inspección no destructiva se procede de la siguiente forma:

Las prácticas radiográficas deben ser ejecutadas únicamente por personal habilitado debidamente autorizado por los organismos oficiales específicos. Habilitación ésta que el inspector de la empresa deberá verificar

Las áreas afectadas, los equipos y vehículos utilizados en la operación deben estar convenientemente señalizados, impidiendo el paso de toda persona ajena a la operació

Cada operador o ayudante debe disponer de un monitor personal para conocer el tiempo de exposición a la radiación al que está expuesto.

El operador es responsable por la protección y monitoreo del personal que trabaja con rayos X o radioisótopos o cerca de ellos. Tanto la protección como el monitoreo deben cumplimentar con las regulaciones de salud vigentes.

El o los operadores están obligados a notificar en forma inmediata al supervisor de la zona donde se opere sobre cualquier anomalía que pueda ocurrir. Se debe tener especial cuidado en el transporte y manipuleo de las fuentes radioactivas, las que invariablemente deben contar con la cámara específica de transporte, y el operador debe disponer de los elementos de protección adecuados.

En las operaciones de perfilaje de pozos con sondas que usen una fuente radioactiva se procede de la forma siguiente:

El personal de la compañía de servicios son los encargados de las operaciones de logging que utilicen fuentes radioactivas, siendo responsables en todo momento, de proteger la salud de todo el personal asociado con las fuentes y al público en general que pueda estar presente. El personal nombrado (compañía) debe supervisar personalmente todo el manejo de las operaciones de las fuentes, transporte, almacenaje, y embarque de acuerdo a lo siguiente:

El personal de la compañía que haya sido entrenado en el manejo de fuentes selladas son los únicos que llevan a cabo las operaciones involucradas con las fuentes. El personal que no sea de la compañía no será requerido a participar de estas operaciones.

El área en el pozo donde se manipulen estas fuentes, estarán perfectamente señalizadas y limitadas con los carteles de precaución correspondientes y cintas luminosas.

Sólo se usarán herramientas aprobadas de la compañía.

Todas las fuentes deben ser transportadas en contenedores aprobados y cerrados con llave.

Las fuentes radioactivas son sacadas de su contenedor de embarque ó transporte usando maquinarias a control remoto. La(s) fuente(s) son ajustadas a la herramienta de logging y ubicadas dentro del pozo.

Cuando se termina la operación de logging, el personal debe retornar la(s) herramienta(s) a la superficie, el operador de logging saca la herramienta del pozo y utilizando maquinaria a control remoto, la fuente es sacada de la herramienta y ubicada nuevamente dentro del contenedor de almacenaje. Los factores tiempo-distancia-blindaje deben ser usados efectivamente cuando se trabaje con fuentes radioactivas para mantener la exposición al mínimo.

El Oficial de Seguridad de Radiación debe ser consultado antes de manejar o usar cualquier fuente radioactiva con la que usted no esté familiarizado.

e) Condiciones de Emergencia:

Las emergencias varían enormemente según los peligros respectivos. Estos a veces son en forma de derrames, incendios, explosiones o accidentes de vehículos, los cuales consecuentemente resultan en el derrame de material radioactivo. Cada emergencia puede requerir procedimientos especiales.

El Oficial de Seguridad de Radiación debe ser contactado. Estos procedimientos son generales y cualquier emergencia específica podría involucrar procedimientos adicionales. Ver Anexos 1 y 2 “Ficha de Intervención numero 127 – Casos de emergencia radiológica durante el transporte elaborada por la Autoridad Regularatoria Nuclear, dependiente de la Presidencia de la Nación”.

f. Accidente de Vehículo:

En el caso de un accidente mientras se transporten materiales radioactivos, se deben realizar esfuerzos para minimizar la exposición de cualquier persona. Esto incluiría acordonar el área y notificar al oficial investigador. El Gerente de Seguridad y/o el Oficial de Seguridad de Radiación de la compañía deben ser notificados inmediatamente, asegurándose de que el área no quede desatendida. Esto permitirá al Oficial de Seguridad de Radiación, notificar a la agencia gubernamental indicada. Ver Anexos 1 y 2 “Ficha de Intervención numero 127 – Casos de emergencia radiológica durante el transporte elaborada por la Autoridad Regularatoria Nuclear, dependiente de la Presidencia de la Nación”

g. Procedimiento ante la Pérdida de la Fuente en el Pozo:

Cuando una fuente se pierde en el pozo, se notificará inmediatamente al Company Man del pozo y al Oficial de Seguridad de Radiación para que se pueda contactar con la agencia gubernamental correspondiente.

Tan pronto como sea posible, se presentará al Company Man un bosquejo de la fuente y el modelo del housing, indicando los isótopos, vidas medias, forma (líquido, sólido), etc. que están presentes en su pozo. Esto le permitirá conocer, antes de comenzar la operación de pesca, exactamente con lo que está tratando, la construcción mecánica de la cápsula y la herramienta involucrada. Todas las maniobras de recuperación de las sonda tendrán la premisa básica de preservar tanto la fuente radiactiva como su coberturas protectoras. Prevenir al Company Man de los peligros, si las cápsulas se llegan a abrir o a dañar. Se informará al Oficial de Seguridad de Radiación del progreso de la operación de pesca.

Durante la operación de pesca, deben realizarse chequeos del lodo que retorna por si hay contaminación, indicando daños de la cápsula. Si se logra recuperar la fuente, el Oficial de Seguridad de Radiación debe contactar a la agencia del gobierno apropiada. Ver anexos 3 “Flujograma ante perdida o extravio de material radioactivos” y 4 “Análisis de riesgo al trabajar con fuentes radioactivas” .

h. Seguridad física de la fuente:

Las fuentes radiactivas y los instrumentos que contengan estas fuentes estarán siempre regidas bajo criterios de seguridad física; para tales efectos aplica lo siguiente:

Los instrumentos portátiles de medición con fuentes selladas se guardarán bajo llave, y su acceso será controlado por el responsable de la unidad que los posea. Cuando los mismos estén en uso, estarán siempre bajo la custodia de y vigilancia del operador.

Los instrumentos de medición fijos que cuenten con fuentes selladas estarán bajo la custodia del responsable de la instalación o del equipo donde estuviesen ubicados.

La movilización de los equipos con fuentes radioactivas fuera de sus instalaciones, se hará tomando en consideración la sensibilidad del equipo y para ello se obtendrán pólizas de seguro contra pérdidas requeridas y documentación de cambio de custodia.

La pérdida o extravío de una fuente radiactiva deberá reportarse al responsable de seguridad y al Director de la Unidad, quienes determinar los procedimientos a seguir.

i. Evaluación médica:

Los empleados que se exponen en exceso, de acuerdo a los criterios del Técnico de seguridad y/o Oficial de Seguridad de Radiación se les proporcionarán observaciones médicas anuales durante todo el tiempo que permanezcan empleados para detectar cualquier posible trastorno que se deba a la radiación. Como así, un examen final al dejar de trabajar (contrato).

j. Desecho de equipos que contengan fuentes radiactivas:

Los equipos declarados como “fuera de servicio” que contengan fuentes radiactivas serán devueltos al fabricante para su disposición final conforme se estipula en el Contrato de Adquisición de dichas fuentes, los cual serán informado Jefe de Medio Ambiente, Seguridad y Calidad de la Unidad y Director de la Unidad (MASC).

k. Adiestramiento:

A los empleados que están expuestos a las radiaciones debe instruírseles sobre la peligrosidad del material, sobre del uso de equipo de protección personal, y la necesidad de una evaluación médica. Dicho adiestramiento estará al cargo de higienistas industriales y otro personal de salud competente.

Los supervisores pueden solicitar este adiestramiento comunicándose con el Supervisor de Medio Ambiente, Seguridad y Calidad de la Unidad (MASC). Los contratistas proveerán adiestramiento para sus trabajadores

l. Mantenimiento de los archivos y acceso a los datos:

Los responsables de equipos con fuentes radiactivas mantendrán actualizado un seguimiento en cuanto uso de los mismos. Este seguimiento comprenderá los registros de vigilancias de los niveles de radiación, incluyendo los niveles de exposición durante emergencias y de los equipos que contengan fuentes radioactivas.

Por su parte, la Unidad de Medio Ambiente, Seguridad y Calidad mantendrá los registros médicos de personal ocupacionalmente expuesto a radiación. Asimismo, toda documentación se guardará, de acuerdo con lo prescrito en la normativa de seguridad de la empresa.

Finalmente, las unidades que posean fuentes radiactivas deben mantener los registros de adiestramiento que se suministren a sus empleados. Como así, los registros de monitoreo de niveles de radiación los mantiene Unidad de Medio Ambiente, Seguridad y Calidad.

2. ESTUDIOS DE TRANSFERENCIA ENTRE POZOS PETROLIFEROS EMPLEANDO TRAZADORES

a) Trazadores:

Un trazador es una sustancia que, incorporada a un proceso natural o artificial, permite estudiar la evolución y dinámica del mismo a través del seguimiento de su propio comportamiento.

Ejemplos de trazadores son sólidos en suspensión, colorantes, sales y radioisótopos. La principal ventaja de éstos es la posibilidad de localzarlos por medio de las radiaciones que emiten. Un trazador, cualquiera sea su naturaleza, debe cumplir con el requisito fundamental de seguir fielmente al medio marcado.

b) Conceptos de seguridad radiológica:

Cuando un haz de radiaciones atraviesa un medio se producen interacciones que dependen tanto del tipo de radiación como del material irradiado, pero cualquiera sea el caso, el medio absorbe energía. Ahora bien, si el material involucrado en este proceso es de tipo biológico pueden producirse alteraciones a nivel celular capaces de generar efectos nocivos para el ser vivo.

Para estudiar estos efectos, como así también las medidas de protección radiológica necesarias, se han definido una serie de parámetros, algunos de los cuales se describen a continuación.
- Dosis absorbida es la energía de radiación entregada a un cuerpo por unidad de masa. Su unidad es el Gray (1 Gy = 1 J / g. Depende de la energía de la fuente emisora.
- Dosis equivalente es la magnitud que resulta de ponderar la dosis absorbida aplicando un factor de calidad dependiente del tipo de radiación involucrada (partículas alfa o beta, neutrones o radiación gamma). Su unidad tiene una dimensión idéntica a la correspondiente a dosis absorbida, pero se denomina Sievert (Sv).
- Dosis efectiva es la suma de las dosis equivalentes ponderadas por un factor que evalúa el detrimento producido en cada órgano humano irradiado. A partir de ella pueden evaluarse los efectos biológicos de las radiaciones. Estos tienen una componente estocástica, lo que significa que a mayor dosis absorbida por un ser humano mayor será la probabilidad de que aparezcan efectos a largo término.

Finalmente, la dosis efectiva comprometida considera la incorporación de una sustancia radiactiva al organismo e integra los efectos sobre el órgano afectado en función del tiempo, a lo largo de un período de cincuenta años para trabajadores y de setenta para el público.

La International Commission on Radiological Protection (ICRP) a nivel internacional y la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) a escala nacional han establecido límites de dosis equivalente y otros parámetros derivados tanto para trabajadores como para el público. En el primer caso se estipularon límites anuales tales que la probabilidad de que una persona que trabaja con radiaciones ionizantes se vea afectada por las mismas sea igual a la probabilidad de sufrir accidentes para un trabajador que se desempeñe en una industria convencional que se encuentre entre las más seguras. Para el caso del público los límites son muy inferiores y equivalen al riesgo de accidente asumido por una persona por el hecho de habitar en una gran ciudad moderna Evidentemente, todos los datos probabilísticos fueron obtenidos a partir de análisis estadísticos realizados a nivel mundial.

Los límites así establecidos son empleados para el diseño de experiencias y la planificación de actividades que impliquen la utilización de materiales radiactivos de manera de que las mismas se desarrollen en un marco de máxima seguridad.

Cuando se manipulan radioisótopos existen dos tipos de riesgos: irradiación y contaminación. La primera significa que un individuo se vio sometdo a un haz de radiaciones y la segunda que tomó contacto físico con una sustancia radiactva ya sea por tacto, inhalación o aspiración.

Para reducir al mínimo los riesgos de irradiación es menester tener en cuenta tres factores: en primer lugar debe operarse a la mayor distancia posible de la fuente radiactiva (por ejemplo trabajando con telepinzas); como segundo punto, las operaciones deben realizarse a la máxima velocidad compatible con las tareas a realizar, minimizándose así el tiempo de exposición a las radiaciones: por último pueden emplearse blindajes acordes al tipo y energía de la radiación emitida por la fuente.

Con respecto al uso de blindajes cabe aclarar que un haz de partículas alfa es detenido en forma completa por una hoja de papel, en tanto que un haz de partículas beta es blindado por una lámina de aluminio cuyo espesor es función de la energía máxima de las partículas. Para absorber la radiación gamma se requiere, por lo general, un blindaje de plomo o bien, en casos de fuentes de alta intensidad, de paredes de concreto.

En lo referente a los problemas de contaminación deben tomarse todas las precauciones posibles para evitar el contacto físico con el material, tal como el empleo de guantes. Se han definido límites anuales para cada radioisótopo tanto para inhalación como para ingestión

c) Estudios en yacimientos:

Una manera muy conveniente para determinar la existencia vinculaciones entre pozos petrolíferos que operen en recuperación asistida y, en caso afirmativo, de evaluar los tiempos de tránsito entre inyector y productores es el empleo de trazadores siendo especialmente ventajoso el empleo de radioisótopos para esa finalidad.

La operación consiste en la incorporación al pozo, en forma conjunta con el agua de inyección, de una solución acuosa en la que se encuentra el trazador en una forma química apropiada. Una planificada y ordenada extracción de muestras en los pozos productores permite obtener gráficos representativos de las curvas de respuesta y, a partir de ellos, conocer los tiempos involucrados en el proceso.

El trazador más ampliamente utilizado a nivel mundial para el propósito mencionado es el tritio, en razón de las enormes ventajas que presenta tanto en lo referente a su comportamiento como desde el punto de vista radiológco. En este aspecto, el único riesgo que implica el uso del tritio, aún en elevadas actividades, es la contaminación en cualquiera de sus formas. Este problema puede producirse en sólo en dos instantes: durante la inyección y durante el muestreo.

Por otro lado, resulta obvio que el riesgo será mucho mayor durante la etapa de inyección dado que el trazador no ha sufrido todavía ningún tipo de dilución. Esta operación es efectuada, en todos los casos, por personal especialzado con utilización de medidas de seguridad apropiadas tales como empleo de guantes plásticos, barbijos, telepinzas y material de laboratorio descartable y un estricto control de los resduos radiactivos.

En cambio, la extracción de muestras es, generalmente, realizada por personal del yacimiento o otra empresa contratada al efecto, tratándose, en cualquier caso, de personal no especializado. Como se verá a continuación la enorme dilución sufrida por el trazador en el agua de inyección hace que los riesgos involucrados en la operación de muestreo sean totalmente despreciables.

La actividad típica con la que se trabaja en una amplia variedad de yacimientos es del orden de los 740 GBq (20 Ci). La operación de inyección se lleva a cabo por personal de la empresa contratada con ayuda de un dispositivo de inyección especial, por lo general suministrado por el cliente.

Suponiendo una separación de 250 m entre los pozos en estudio, un espesor de capa de 4 m y una porosidad media del terreno de 0,25 se obtiene un volumen a marcar de 196.350 m3. Considerando una dilución uniforme de la activdad inyectada en el mencionado volumen, resulta una concentración de actividad promedio en el agua recuperada de alrededor de 3,8 MBq / m3. Un análisis teórico más estricto permite determinar el valor estimado de concentración de actividad para cada punto de la curva de respuesta. El resultado de este cálculo conduce a un valor en el pico de la curva aún menor que el hallado anteriormente.

Las muestras a ser tomadas por personal del yacimiento para ser enviadas a efectos de su medición tienen un volumen máximo de un litro (por lo general menos), lo que implica un contenido máximo de tritio de 3,8 KBq. Tomando 72 muestras anuales de cuatro pozos productores (típico plan de muestreo sugerido por cualquier empresa contratada), la actividad manipulada a lo largo de un año sería de 1,1 MBq, valor que resulta ser tres órdenes de magnitud inferior al límite anual de ingestión. Es decir que, desde el punto de vista radiológico, un operador podría beber todas las muestras extraídas sin que ello le ocasionara daño alguno. Ver anexos 3 “Flujograma ante perdida o extravío de material radioactivos” y 4 “Análisis de riesgo al trabajar con fuentes radioactivas”.

d) Requisitos legales:

Antes de efectuar una experiencia que implique el empleo de trazadores radiactivos, tanto por personal de instituciones oficiales como de empresas autorizadas a su uso, debe gestionarse la correspondiente autorización ante la Autordad Regulatoria Nuclear.

Para ello debe elaborarse un detallado informe en el que se justifique el empleo de radiotrazadores en lugar de otras técnicas. Además debe presentarse un cálculo de las dosis estimadas a ser recibidas tanto por los operadores como por el público y detallar las medidas de protección radiológica que se tomarán durante el desarrollo de las tareas. Con esta información, personal de la citada Autoridad efectúa un balance de riesgos y beneficios involucrados por el empleo de radioisótopos y, eventualmente, emite la correspondiente autorización. Una vez finalizadas las tareas debe presentarse un informe evaluativo desde el punto de vista de la seguridad radiológica.

Un requisito adicional que imponen las normas vigentes es el cumplimiento del "Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactvos" (Organismo Internacional de Energía Atómica, edición 1985, enmienda 1990) y el "Reglamento para el transporte seguro de materiales peligrosos de la República Argentina". Existen límites máximos para las actividades transportadas según el medio de transporte a utilizar, severas condiciones impuestas a los envases y contenedores y la obligación de emplear etquetas y rótulos indicativos normalizados.

e) Situación de NOLDOR S.R.L.

La primera experiencia a nivel latinoamericano en el área de estudios de transferencia entre pozos petrolíferos tuvo lugar en 1977 en el yacimiento El Medanito en forma conjunta entre YPF y la Comisión Nacional de Energía Atómca. Ella fue dirigida, planificada y ejecutada por los profesionales que hoy integran NOLDOR S.R.L. quienes, además tomaron parte en la casi totalidad de estudios de este tipo llevados a cabo en la Argentina.

Es por ello que los profesionales de NOLDOR son quienes más experiencia tienen en el país -tanto en el ámbito privado como en el oficial - en la dirección, planificación y puesta en práctica estudios de campo de diverso tipo empleando tritio como trazador artificial.

A partir del momento de su fundación en 1995 NOLDOR llevó a cabo 34 inyecciones de tritio sin que se registraran situaciones de riesgo radiológico, incidentes o accidentes.

NOLDOR cuenta con permisos institucionales y personales para trabajar con tritio y otros radiosótopos, extendidos por la Autoridad Regulatoria Nuclear. Asimismo, desarrolló procedimientos de trabajo y diseñó contenedores y envases especiales para transporte seguro de tritio que cuentan también con la aprobación de la ARN.

f) Acciones ante eventuales incidentes radiológicos:

Como ya se expuso, la operación de inyección es la más crítica desde el punto de vista radiológico en razón de los riesgos de contaminación relacionados con la manipulación del agua tritiada y por ello es siempre realizada por personal especializado que cuenta con la debida autorización para operar con este tipo de materiales.

La secuencia normal de operaciones se inicia con el transporte, por lo general por vía terrestre, del agua tritiada en bultos, envases y sobre-envases especialmente diseñados por NOLDOR S.R.L. y habilitados por la Autoridad Regulatoria Nuclear , para lo cual han debido ser sometidos a una serie de pruebas de estanqueidad e impacto, entre otras.

Estos bultos consisten en recipientes de plástico de alta densidad y cerrado hermético los cuales, rodeados de aserrín, son alojados en otros envases de plástico los que, a su vez, son contenidos en recipientes metálicos. Estos contenedores son trasladados hasta la localidad más cercana al yacimiento en cajones de madera, rotulados exteriormente de acuerdo a normas internacionales, por una empresa de transporte convencional.

Luego de ser retirados del depósito de la empresa los bultos son llevados al lugar de trabajo mediante un automóvil. En caso de choque debe apreciarse visualmente el estado de la carga a efectos de comprobar la existencia de fugas, derrames o deterioro evidente de los bultos. Esta verificación debe practicarse, en caso de ser posible, viento arriba respecto del lugar de derrame o potencial dispersión.

La operación de inyección se efectúa mediante un dispositivo especial instalado en el pozo seleccionado utilizando, además, un sencillo sistema neumático de accionamiento manual de muy seguro funcionamiento.

Las partes contaminadas, tales las mangueras y los recipientes, son colocados en bolsas de plástico para almacenamiento de residuos radiactivos, las que son remitidas nuevamente a Buenos Aires para su gestión empleando los mismos medios de transporte ya mencionados. Todas estas tareas se realizan utilizando guantes descartables.

El dispositivo inyector puede considerarse limpio y libre de contaminación residual luego de haber circulado a través del mismo agua de inyección durante unos treinta minutos.

Si se produce un derrame de agua tritiada, debe aislarse la zona donde se produjo el vertido o área de riesgo y no tocar a mano limpia bultos, materiales u otros objetos mojados. No debe intentarse la limpieza de ningún objeto sin la presencia de personal especializado. La vestimenta eventualmente afectada debe ser quitada y aislada.

En caso de haberse mojado la piel u otros órganos, debe procederse al lavado, durante varios minutos, con agua y jabón empleando, de ser posible, un cepillo. Si se hubiera contaminación del terreno, podría removerse la tierra afectada y ser almacenada en bolsas para residuos radiactivos para su posterior gestión.

Finalmente, en caso de robo o hurto de material radiactivo debe informarse en forma inmediata a la Autoridad Regulatoria Nuclear (011 - 4348 -9000, código 111 -0896). . Ver Anexos 1 y 2 “Ficha de Intervención numero 127 – Casos de emergencia radiológica durante el transporte elaborada por la Autoridad Regularatoria Nuclear, dependiente de la Presidencia de la Nación”.

BIBLIOGRAFIA
a. “Organización e Implementación de una Estructura Nacional Reguladora de la Protección contra las Radiaciones Ionizantes y la Seguridad de las Fuentes de Radiación” IAEA TEC DOC 1067 – 1999.

b. “Legal and Governmental Infrastructure for Nuclear, Radiation, Radioctive Waste and Transport Safety” IAEA Safety Standards Series GS-R-1 (2000).

c. “Código de Conducta sobre la Seguridad Radiológica y la Seguridad Física de las Fuentes Radiactivas” IAEA – 2000

d. “Building Competence in Radiation Protection and the Safe Use of Radiation Sources”IAEA – ILO – WHO- PAHO Safety Standards Series RS-G-1.4 (2000).

e. “Examples of Safety Culture Practices” Safety Report Series No 1 – 1997

f. “Normas básicas internacionales de seguridad para la protección contra la radiación ionizante y para la seguridad de las fuentes de radiación” Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Organismo Internacional de Energía Atómica, Organización de Cooperación y de Desarrollo Económico, Organización Internacional del Trabajo, Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud.. Viena: Organismo Internacional de Energía Atómica; 1997.(Colección Seguridad 115).

g. “Norma Básica de Protección Radiológica”. Autoridad Regulatoria Nuclear Argentina, 2001.

h. NORDOR S.R.L. (2009). “Estudios de Transferencia entre Pozos petrolíferos empleando trazadores”.Buenos Aires, extraído de www.molder.com.ar.

i. Empresa YPF S.A, Departamento Medio Ambiente, Seguridad y Calidad (2009). “Manejo de radiaciones ionizantes”. Buenos Aires. Páginas 8

j. Empresa ACP (2003). “Manual de Protección Radiológica”. Buenos Aires. Paginas 5


VER ARCHIVO DE ARTÍCULOS



22 oct 2009

NORMA E HIGIENE DE SEGURIDAD LABORAL EN ACTIVIDADES MINERAS Y PETROLERAS

PARTE V 
Por Santiago Eugenio González
Licenciado en Seguridad
Especialista en Seguridad e Higiene en el Trabajo

Inspecciones de Seguridad implementadas por las empresas:


“… Se entiende por inspecciones de seguridad a la técnica analítica que consiste en el análisis detallado de las condiciones de seguridad (máquinas, instalaciones, herra­mientas, etc.), a fin de descubrir las situaciones de riesgo que se derivan de ellas (condiciones peligrosas o prácticas inseguras) con el fin de adoptar las medidas adecuadas para su control, evitando el accidente (prevención) o reduciendo los daños materiales o personales derivado del mismo (protección).
Siguiendo la secuencia de la génesis de los accidentes con la inspección se detecta las causas y se estima los riesgos con la finalidad de poder adoptar las medidas de control más adecuadas en función de la magnitud del riesgo obtenido. Todo el proceso se denomina «gestión del riesgo».
En la actualidad se utilizan otros términos para designar esta técnica, tales como estudios de seguridad, auditorias de seguridad, análisis de seguridad, estudios de evaluación de riesgos, etc.

a. Objetivos:
Con la inspección de seguridad se obtiene los siguientes objetivos:
Identificación de causas.
Estimación del riesgo.
Valoración del riesgo.
Control del riesgo.
1) Identificación de causas:
En esta etapa se logra la localización y la identificación de las causas motivadas por las condiciones inseguras y las prácticas o actos inseguros, especificando claramente los elementos diferenciadores permiten su clasificación y localización:
Forma o tipo de accidente previsible.
Agente material.
Parte del agente.
Previsible daño (tipo de lesión y ubicación).
2) Estimación del riesgo:
Esta estimación del riesgo la realizan las empresas para determinar por un lado, las potenciales consecuencias y por otro, la probabilidad de que ocurra elsuceso, pudiendo recurrir a su representación gráfica.
3) Valoración del riesgo:
Con el valor obtenido en la estimación anterior se permiten establecer diferentes niveles de riesgo y su posterior representación sobre la matriz de análisis de riesgos.
4) Control del riesgo:
Una vez realizada la valoración de los riesgos proceden a su control mediante la aplicación de las técnicas operativas que se consideren adecuadas para la eliminación o reducción del riesgo. En las medidas propuestas se tiene en cuenta su grado de eficacia y el costo que la misma supone para la economía de a empresa.
b. Tipos de inspecciones de seguridad:
Las inspecciones de seguridad se clasifican teniendo en cuenta su origen, finalidad y metodología utilizada en su realización. Las mismas se clasifican en:

1) Por su origen:
a) Inspecciones promovidas por la propia empresa:
Las que realizan respetando un programa elaborado por el departamento de seguridad e higiene de la em­presa, en coordinación con otros posibles departamentos afectados, como el de mantenimiento. Estas inspecciones son ordinarias, para inspeccionar todas las condi­ciones de la empresa periódicamente, o extraordinarias, motivadas por alguna eventualidad (accidente grave, requerimiento, etc.), generalmente con carác­ter urgente y por consiguiente aperiódicas.
b) Inspecciones promovidas por entidades ajenas a la empresa (ART y otros):
Las ejecutadas por las compañías aseguradoras, mutuas de accidentes de trabajo, empre­sas instaladoras de equipos y servicios, etc., y las realizadas por organismos oficiales con competencia en seguridad. Al igual que las promovidas por la propia empresa, estas inspecciones son ordinarias o extraordinarias.

2) Por su finalidad:
Según su finalidad son dos tipos de inspección: ordinarias y extraordinarias.
a) Inspecciones ordinarias:
Estas tienen por objetivo la revisión periódica de todas las instalaciones de la empresa, dependiendo la periodicidad de las mismas de diversos factores (tipo de maquinaria, incorporación de nuevas tecnologías, modificación del proceso, etc.).
b) Inspecciones extraordinarias:
Las mismas son realizadas por un motivo no previsto, generalmente urgente (situaciones peligrosas, accidente grave, etc.). Por su objetivo, lógicamente son aperiódicas.
3) Por su método:
Según la metodología seguida las mismas son inspecciones formales o informales.
a) Inspecciones formales:
Se caracterizan por ser periódicas, que respon­den a una metodología previamente estudiada para obtener el máximo rendimiento de la misma.
b) Inspecciones informales:
Generalmente son extraordinarias y ape­riódicas, motivadas por alguna causa espontánea.
c). Personas encargadas de su realización:
Las personas encargadas de su realización dependen del origen de la inspección, es decir, promovidas por la propia empresa o motivadas por entidades o personas ajenas a la misma. En todo caso estas personas cuentan con los conocimientos profesionales adecuados.
En el primer caso, la inspección son realizadas por personal experto del departamento de seguridad e higiene de la empresa o bien en algún caso este servicio se terceriza a otras empresas privadas para que ejecuten una evaluación objetiva.
Cuando las inspecciones son promovidas por personal ajeno a la empresa (ART, órgano rector), la empresa inspeccionada se encuentra facultada para designar su personal para que acompañe al experto a ejecutar la misma.
d. Listado de identificación de peligros o riesgos:
Para realizar de forma eficaz la inspección de seguridad en las actividades de manipulación de material explosivos, la empresa cuentan con una guía o lista de Inspección (check-list) que informe y recuerde los puntos que son inspeccionados (agentes materiales causantes de los acci­dentes de trabajo) contestando normalmente a preguntas sencillas como «si o no», «cumple o no cumple», «verdadero o falso», etc.
Estas listas, son eficaces, cuando reúnen las siguientes características:
Son sistemáticas y adecuadas al tipo de empresa o de instalación a ins­peccionar conteniendo los peligros más frecuentes en la misma.
Informan claramente sobre lo que se observar y en donde se en­cuentran localizados.
Permiten su utilización en sucesivas inspecciones para conocer la efica­cia de la inspección y para facilitar su realización.
Esta guía de inspección es elaborada por los expertos en explosivos de la empresa. Ver el Anexo 8: Guía para el control de las normas de seguridad en una operación con explosivos…”. 45
En los apartados 3. “Riesgos en la manipulación de material explosivo” se ha realizado un análisis y evaluación de los diferentes riesgos en la manipulación de material explosivo por parte de las empresas que ejecutan actividades mineras y petroleras en nuestro país.

6. Órgano de control en la manipulación de material explosivo:
En lo referente al órgano de control y fiscalización de estas tareas, la norma legal es clara en cuanto le asigna únicamente responsabilidad al Registro Nacional de Armas (Departamento explosivos); expresando que las personas que realizan actos con explosivos deben facilitar en toda forma la misión de los inspectores que destaque este órgano exhibiendo la documentación y suministrando los datos y elementos de juicio que se les requiera.
Por otro parte, actúan en calidad de cooperación con el RENAR, en las tareas de fiscalización los siguientes organismos de la Fuerza Pública:

Gendarmería Nacional.
Prefectura Naval Argentina.
Policía Federal.
Policías Provinciales.
En todos los casos de introducción o salida de explosivos la Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional o Policía de Seguridad Aeroportuaria, son responsables en sus respectivas jurisdicciones, del cumplimiento de las medidas de seguridad que establece esta norma legal.

Cabe destacar, que el Decreto que reglamenta lo específico a explosivos presenta ciertas lagunas legales en cuanto al rol que deben ejecutar las Fuerzas de Seguridad y Policiales, en donde les asignan responsabilidades directas en las operaciones de importación y exportación de material explosivo y en otras actuarán en calidad de cooperación del órgano rector ante un requerimiento formulado en forma expresa por éste, es el caso específico de las operaciones de transporte, almacenamiento, y destrucción de material explosivo. Por lo expuesto, las Fuerzas Pública prácticamente no tienen ingerencia en el control de las normas de seguridad en cuanto a la manipulación de material explosivo, siendo responsable directo de esto el órgano rector.
Uno de los grandes interrogantes es saber si las Fuerzas Públicas se encuentra en capacidad de ejecutar la tarea de órgano de control y fiscalización en la manipulación del material explosivo, y la respuesta es afirmativa, pero para tal fin es necesario que el RENAR coordine ciertos aspectos con esa Fuerzas del Orden, a saber:

a. Que el órgano rector comunique formalmente a la Fuerza Pública los usuarios de explosivos y polvorines que se encuentra en su jurisdicción.
b. Que el órgano rector comunique formalmente y con la debida antelación a la Fuerza del Orden lo siguiente:
Las diferentes empresas privadas que ejecutarán tareas en su jurisdicción (Empresas de prospección sísmicas y mineras).
La elaboración, ejecución y difusión de las disposiciones de seguridad que elabora (las mismas se accede por el pagina wed del órgano rector, no existe una comunicación formal).
c. Elaboración de formularios de inspección (croquis, toma fotográfica, etc.) a los fines de evitar conductas abusivas tanto por el inspector o por el inspeccionado. Similar al Anexo 8: Guía para el control de las normas de seguridad en una operación con explosivos.
d. Que se impartan anualmente curso de capacitación sobre las formalidades de confección de las actas de inspección y la difusión de las disposiciones elaboradas por el órgano rector.
e. Que las Fuerzas del Orden destinen al personal capacitado en unidades en cuya jurisdicción se caractericen por la actividad con material explosivo.
f. Que el órgano rector comunique formalmente a la Fuerza del Orden sobre las resoluciones de las sanciones impuestas a los usuarios que han sido inspeccionados por esas Fuerzas.
g. Que el órgano rector comunique formalmente y con la debida antelación a los usuarios de explosivos lo siguiente:
Que se apersonen al asiento de las Fuerza Jurisdiccional con el fin comunicar que ellos ejecutan actividades con explosivos en forma normal o temporaria en su jurisdicción.
Que se apersonen al asiento de las Fuerza del Orden con el fin presentar sus planes de contingencias ante estragos y el plan de tiro aprobado por el órgano rector.
Que se apersonen al asiento de las Fuerza Jurisdiccional con la finalidad de informarles que han finalizados sus actividades con explosivos y que ambos inspeccionen el lugar para asegurarse que no queden cargas explosivas o barrenos sin explosionar.
Es necesario mencionar que el Departamento Explosivos del RENAR, hace la salvedad en cuanto a las empresas privadas de exploración y explotación petrolera que ejecutan actividades con material explosivo, diferenciando la tarea pertinente a la construcción o la explotación petrolera de la de los de estudios de prospección sismográficos. Estas empresas que prestan servicios se inscriben ante este Registro como Usuarios de Explosivos con Polvorines Tipo A, B, C o E.
La prospección sismográfica consiste en un método geofísico de exploración mediante la captación y registro de vibraciones emitidas desde la superficie de un terreno luego de su reflexión por las capas subterráneas. Esta tarea no puede ser equiparada con las que utilizan explosivos en canteras para extracción de minerales, o para la construcción o la explotación petrolera, máxime teniendo en cuenta que estas últimos desarrollan su actividad en lugares físicos determinados, manteniéndose la actividad en el tiempo, a diferencia de las empresas que prestan servicios de prospección sismográfica, que básicamente requieren la utilización y emplazamiento de polvorines móviles por períodos relativamente cortos.

Asimismo las empresas dedicadas a esta tarea son responsables en lo siguiente:
a. Que todo accidente, siniestro, robo, sustracción o extravío ocurrido en conexión con el uso de explosivo tiene que ser informado detalladamente al RENAR dentro de cuarenta y ocho (48) horas, y a la Fuerza Pública de la jurisdicción.
b. Que las personas o entidades autorizadas a usar explosivos instruyen a sus empleados afectados a su manejo conforme a sus directivas internas y la norma legal vigente.
c. Que los empleados afectados al manejo de explosivo tiene que observar los requerimientos de la Reglamentación que le conciernen directamente y tomar las precauciones razonables, no expresadas específicamente en ella, para prevenir accidentes o daños a personas y bienes físicos.
d. Que inmediatamente después de una voladura el encargado de voladuras tiene que realizar una cuidadosa inspección para verificar si han explotado todas las cargas antes de permitir al personal su retorno al trabajo. Asimismo no se permite regresar al lugar hasta que haya disipado suficientemente los gases de combustión.
El gran interrogante es saber, quien controla lo descripto precedentemente, pues los medios de comunicación social en la última década han difundido infinidad de noticias relacionando con accidentes de persona inexperta en la manipulación cargas explosivas o barreno no explosionado y en algunos caso, el hallazgo de material explosivo y de polvorines abandonados; en este aspecto, son responsables tanto las empresas como el órgano rector.
Por su parte, el órgano rector esta obligado a adoptar las medidas tendientes, por ser el responsable directo, de la instrumentación de un método de control y fiscalización de dicha tarea, con la finalidad de prevenir y evitar que por el uso o manipuleo de personas inexpertas sucedan hechos perjudiciales.
Asimismo debe y tiene que participar activamente en la selección del personal idóneo en la manipulación de explosivos, debiendo para tal caso, elaborar proyectos pedagógicos en los que se describan las curriculas y contenidos de las asignaturas y los objetivos generales de cada cursos de capacitación; igual temperamento debería incidir en las especificaciones técnicas que tendrían que reunir los equipos de protección personal específicos de esta actividad.
En lo que respecta a las empresas también son responsables, pues su personal tiene que realizar una cuidadosa inspección para verificar si han explotado todas las cargas antes de permitir el acceso de personas al lugar, como así, de tomar las precauciones razonables para prevenir accidentes o daños a personas y bienes físicos. Pudiendo ser tipificada su conducta dentro del artículo 189 del CPA, el cual contempla dos formas comitivas, una de ellas, en primer párrafo es la por imprudencia o negligencia o impericia inobservancia de los reglamentos u ordenanzas y la otra es la culpa, en su segundo párrafo. Es necesario valorar y destacar el procedimiento y las cadenas de responsabilidades que ejecuta la empresa Repsol YPF tanto para su personal y las empresas contratadas, la cual en su norma número OG-19 de operaciones geofísicas describe los procedimientos de uso de explosivos conforme lo exige OHSAS 18001 - ISO 14001. Ver Anexo 7.
“…Según LLAMBIAS, el artículo 1113 del Código Civil – al igual que su precedente francés- impone una obligación determinada que es la de impedir que la cosa perjudique a los terceros, de manera que cuando se produce el daño por el hecho de la cosa, ello prueba la infracción de dicha obligación. No caben de dudas son las empresas, quienes detentaban la guardia de la cosa, es decir, quienes tenían el poder efectivo de vigilancia, gobierno y control sobre la cosa dañosa.
Por otro lado, es necesario destacar, los accidentes de personas autorizadas por las empresas a la manipulación de explosivos, el artículo 1113 párrafo 2º del Código Civil, reposa en un factor de atribución objetiva (riesgo creado), es allí que donde el dueño o guardián puedan exculparse alegando que actuaron con la debida diligencia (supuesta capacitación de su personal en cuanto al manejo de explosivos). En otras palabras, se prescinde de la noción de culpa como factor de atribución, es decir que la causa física y la acción humana aparece sólo de manera mediata…”. 46
Como corolario del presente capítulo en lo referente a las normas de seguridad en la manipulación de material explosivo en las actividades de exploración y explotación minera y petrolera es necesario destacar lo siguiente:
1. Que las empresas dedicadas a estas actividades:
a. Han elaborado y ejecutan diferentes procedimientos operacionales y políticas de seguridad para complementar y en algunos casos suplir la norma legal que regula esta actividad.
b. Han diseñado e implementado distintos programas de prevención para neutralizar cualquier riesgo que se manifieste como consecuencia de la manipulación de material explosivo.
c. Que ante la ausencia de directivas referentes a los programas de capacitación por parte del órgano rector, las empresas han destinado personal y recursos para la confección y la ejecución de programas de capacitación específicos destinados al personal que manipula este material.
d. Han invertido parte de sus ingresos en la adquisición de equipamientos idóneos para la protección de su personal.
e. Han diseñado y puesto en ejecución diferentes inspecciones de seguridad con la finalidad de detectar el origen de los accidentes relacionados con esta actividad.
f. Que gran parte de los accidentes con explosivos han sido provocados por personas inexpertas o carentes de la idoneidad necesaria.
g. Que el mayor riesgo de accidentes en las diferentes etapas de la manipulación de explosivo se centraliza en la preparación de la zona de voladura y la presencia de cargas explosivas o barrenos sin explosionar, siendo principalmente la causal de su activación la presencia de “electricidad extrañas”.
h. Que existe responsabilidad penal como civil por parte de las empresas al dejar cargas explosivas o barrenos sin explosionar o polvorines abandonados debido a que tienen la obligación legal de adoptar todas las medidas de seguridad tendiente a neutralizar tal riesgo.

2. Que el órgano de control:
a. Ha elaborado infinidad de disposiciones de seguridad referentes a las diferentes operaciones con material explosivo, las cuales en algunos casos resultan insuficientes. Debiendo en algunos casos implementar normas análogas a las que exige para la tenencia y portación de armas de fuego
b. Que debe diseñar normas más específicas en cuanto a la idoneidad del personal que manipula material explosivo (especificar el titulo medio, terciario o universitario específico).
c. Que debe elaborar y controlar la ejecución de los proyectos pedagógicos de los cursos de capacitación para el personal idóneo en explosivos, en especial a las curriculas y contenidos de las asignaturas y los objetivos generales de cada curso de capacitación. Algo que en la actualidad no realiza.
d. Que tiene que crear normas con las especificaciones técnicas que deben reunir los equipos de protección personal específicos de esta actividad.
e. Que ha diseñado y puesto en ejecución diferentes inspecciones de seguridad, las cuales resultan insuficientes pues no contempla a la totalidad de los usuarios registrados en lo referente a la operación de manipulación del material de marras.
f. Que debe instrumentar un método de control y fiscalización de las actividades de manipulación de explosivos, la cual hasta el momento no ha sido sometida a ningún control directo del órgano de control.
g. Que existe responsabilidad por parte del órgano de control al no haber implementado un método para controlar a las empresas en lo referentes al hallazgo de cargas explosivas o barrenos sin explosionar, como así, de polvorines abandonados.

3. Que a las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Policiales:
a. Les asignan responsabilidades directas en las operaciones de importación y exportación de material explosivo y en otras actúan en calidad de cooperación del órgano rector ante un requerimiento formulado en forma expresa por éste, es el caso específico de las operaciones de transporte, almacenamiento, y destrucción de material explosivo.
b. Que se encuentran en capacidad de ejecutar el control de esta actividad pero la misma debe ser coordinada previamente con el órgano de control.
4. Que durante el año 2007 se registraron 71 Usuarios de Explosivos, distribuidos en dos categorías según su tipo de trámite en habilitación y rehabilitación de polvorines.
5. Que las provincias que presenta mayor cantidad de usuarios que ejecutan actividades mineras y petroleras son Neuquén, Córdoba, San Juan, San Luís, Santa Cruz, Río Negro, Mendoza, Chubut, Tierra del Fuego y otras.
6. Que en el 2007 nuestro país ha tenido un movimiento total de explosivos de 4.330.129 kilogramos, distribuidos en 1.991.859,34 kilogramos en operación de exportación, de 2.251.667 kilogramos en operación de importación y 86.602,58 kilogramos de material en tránsito, siendo este ultimo su destino final los países de Chile y Brasil.
7. Que las provincias que presenta el riesgo de accidentes como consecuencia en la manipulación de cargas explosivas o barreno no explosionado y en algunos casos, por el hallazgo de material explosivo y de polvorines abandonados producto de estas actividades son Neuquén, Salta, Córdoba, San Juan, San Luís, Santa Cruz, Río Negro, Mendoza, Chubut, Misiones y Tierra del Fuego.

III. CONCLUSIONES:
Considero haber corroborado la hipótesis presentada, ya que las conclusiones parciales del capítulo uno obran como la primer premisa o termino mayor, las conclusiones parciales del capítulo dos fueron la segunda premisa o termino medios, que permitieron concretar el silogismo y arribar a las siguientes conclusiones finales que fundamentan mi lógica argumental:
Que estas actividades se encuentran reguladas por las siguientes normas legales: de Riesgo de Trabajo; Contrato de Trabajo; de Higiene y Seguridad del Trabajo con sus Decretos Reglamentarios números 351/79 y 249/07 “Reglamento de Higiene y Seguridad para la actividad minera” y la de Armas y Explosivos y su Decreto número 302/83 y las disposiciones elaborados por el Registro Nacional de Armas.
Que las actividades de manipulación de material explosivo se haya descripta dentro de los “Trabajos con Riesgos Especiales” conforme lo prescribe el Decreto Reglamentario número 351/79 de la Ley de Higiene y Seguridad del Trabajo (19.587), en su capítulo 17 y los artículos 217 al 297 del Decreto número 302/83 de la Ley Nacional de Armas y Explosivos.

Que las empresas dedicadas a estas actividades:
a. Han elaborado y ejecutan diferentes procedimientos operacionales y políticas de seguridad para complementar y en algunos casos suplir la norma legal que regula esta actividad.
b. Han diseñado e implementados distintos programas de prevención para neutralizar cualquier tipo de riesgo, como así, ante la ausencia de directivas referentes a los programas de capacitación por parte del órgano rector, las empresas han destinado personal y recursos para la confección y la ejecución de programas de capacitación específicos destinados al personal que manipula este material.
c. Han invertido parte de sus ingresos en la adquisición de equipamientos idóneos para la protección de su personal.
d. Han diseñado y puesto en ejecución diferentes inspecciones de seguridad con la finalidad de detectar el origen de los accidentes relacionados con esta actividad.
e. Que gran parte de los accidentes con material explosivo han sido provocados por personas inexpertas o carentes de la idoneidad necesaria.
f. Que el mayor riesgo de accidentes en las diferentes etapas de la manipulación de material explosivo se centraliza en la preparación de la zona de voladura y en la presencia de cargas explosivas o barrenos sin explosionar, siendo principalmente la causal de su activación la presencia de “electricidad extrañas”.

Que el Departamento Explosivos del Registro Nacional de Armas:
a. Ha elaborado infinidad de disposiciones de seguridad referentes a las distintas operaciones con material explosivo, las cuales en algunos casos resultan insuficientes. Debiendo implementar normas análogas a las que exige ese registro para la tenencia y portación de armas de fuego
b. Que debe elaborar y controlar la ejecución de los proyectos pedagógicos de los cursos de capacitación para el personal idóneo en explosivos, en especial, a las curriculas y contenidos de las asignaturas y los objetivos generales de cada curso de capacitación.
c. Que tiene que crear normas con las especificaciones técnicas que deben reunir los equipos de protección personal específicos de esta actividad.
d. Que debe instrumentar en forma eficiente y eficaz un método de control y fiscalización de las actividades de manipulación de explosivos, la cual hasta el momento no ha sido sometida a ningún control directo del órgano de control.
Que las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Policiales tienen responsabilidades directas en las operaciones de importación y exportación de material explosivo y en otras actúan en calidad de cooperación del órgano rector ante un requerimiento formulado en forma expresa por éste, es el caso específico de las operaciones de transporte, almacenamiento, y destrucción de material explosivo. Como también, se encuentran en capacidad de ejecutar el control de esta actividad pero la misma debe ser coordinada previamente con el órgano de control.
Que en el 2007 nuestro país ha tenido un movimiento total de explosivos de 4.330.129 kilogramos, distribuidos en 1.991.859,34 kilogramos en operación de exportación, de 2.251.667 kilogramos en operación de importación y 86.602,58 kilogramos de material en tránsito, siendo este ultimo su destino final los países de Chile y Brasil.
Que las provincias que presentan mayor cantidad de usuarios que ejecutan actividades mineras y petroleras son Neuquén, Córdoba, San Juan, San Luís, Santa Cruz, Río Negro, Mendoza, Chubut, Tierra del Fuego y otras.

Que las provincias que se caracterizan por la existencia del riesgo de accidentes como consecuencia de la manipulación de cargas explosivas o barreno no explosionado por parte de personas inexpertas, como así, por el hallazgo de material explosivo y de polvorines abandonados producto de estas actividades son Neuquén, Salta, Córdoba, San Juan, San Luís, Santa Cruz, Río Negro, Mendoza, Chubut, Misiones y Tierra del Fuego.

Que con relación a los accidentes difundidos por los medios de comunicación social tanto las empresas privadas como el órgano de control tienen responsabilidad penal y civil por haber dejado abandonadas las cargas explosivas o barrenos sin explosionar y los polvorines abandonados, como también, por no haber adoptados las medidas de seguridad tendiente a neutralizar tal riesgo.

DOCUMENTOS AGREGADOS:
Anexo 1: Material explosivo abandonado conforme a la difusión en los medio de comunicación masiva de nuestro país”.
Anexo 2: Clasificación de las sustancias explosivas conforme lo describe Decreto número 302/83 de la “Reglamentación Parcial de pólvoras, explosivos y afines” de la Ley Nacional de Armas y Explosivos (20.429).
Anexo 3: Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional:
Anexo 4: Registro de Usuarios de explosivos y movimiento de materiales explosivos en el año 2007 información aportada en el Departamento Explosivos del registro Nacional de Armas.
Anexo 5: Propuesta de Proyecto Pedagógico del curso de capacitación sobre medidas de seguridad con material explosivo para implementarse en las empresas dedicadas a la actividad de exploración y explotación minera y petrolera.
Anexo 6: Medidas de seguridad y procedimientos seguros a tener en cuenta en la manipulación de material explosivo ante la presencia de electricidad extraña.
Anexo 7: Procedimientos según OHSAS 18001 - ISO 14001 Operaciones Geofísicas- Procedimiento uso de explosivos. Norma OG-19 de la empresa Repsol YPF S.A.
Anexo 8: Guía para el control de las normas de seguridad en una operación con explosivos

BIBLIOGRAFÍA
DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY INC (1973). « Manual para el uso de explosivos ». México D.F. Compañía Editorial Continental S.A., página 598.
CORTES DIAZ José María (2008). « Seguridad e Higiene del trabajo». Madrid. Editorial Tebar S.L., página 769.
EJERCITO DE TIERRA DEL REINO DE ESPAÑA (1984). « Manual técnico de explosivos (T-0-7-5) ». Madrid .Talleres del Servicio Geográfico del Ejército, página 452.
EJERCITO DE TIERRA DEL REINO DE ESPAÑA (1976). « Manual explosivos y destrucciones para ingenieros (M-4-7-5) ». Madrid .Talleres del Servicio Geográfico del Ejército, página 263.
REINO DE ESPAÑA (1998). « Reglamento de explosivos (REAL DECRETO 230/1998).http://piroart.com/menus/legislacion/leyes/reglamento-explosivos-1998.htm. Obtenida el 02/05/08.
YPF S.A., GEOFISICA, VICEPRESIDENCIA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN (2007). « Manual de seguridad». Buenos Aires, pagina 210.
ASOCIACION INTERNACIONAL DE CONTRASTISTAS GEOFISICOS. « Operaciones geofísicas terrestres, manual de seguridad”
EJERCITO ARGETINO (1991). «Almacenamiento, transporte y destrucción de explosivos (RFP 21-04) ». Buenos Aires. Instituto Geográfico Militar, página 91.
LIVELLARA, Carlos A (1987). “Medicina, Higiene y Seguridad en el Trabajo”. Buenos Aires. Editorial Astrea, página 5 .
ROMUALDI, Emilio Elías y Otros (2006). “Teoría y Practica del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social”. Buenos Aires. Editorial Lexi Nexi, página 256.
CHIAVENATO, Idalberto (1998). “Administración de Recursos Humanos”. Colombia. Editorial Lito Camargo Ltda, página 360
MENDEZ MESTRE, José Antonio (2007). ”Capacitación en Protección e Higiene del Trabajo”. En http://www.monografias.com/trabajos43/proteccion-higiene-laboral/proteccion-higiene- laboral2.shtml?monosearch. Obtenida el 28/08/08.
BASELGA MONTE, Manuel y OTROS (1978).”Seguridad y Medicina del Trabajo en la Prevención y Lucha contra los Accidentes de Trabajo”, Barcelona .Editorial JIMS, pagina 121.
DE LA ROSA, Marisol. “Seguridad e Higiene Laboral”. En www.monografías.com/trabajo28/seguridad-laboral.shtml?monosearch. Obtenida el 28/08/08.
TOR, Damaso. “Sistema Integrado de Gestión Ambiental: Seguridad y Salud Ocupacional”.En http://www.monografias.com/trabajos12/sisteint/sisteint2.shtml?monosearch. Obtenida 28/08/08.
GUIA DE LA SEGURIDAD. “Equipo de protección individual”. En http://www.guiadelaseguridad.com.ar/canales_tecnicos_de_seguridad/equipos_de_proteccion_individual/1_equipos-de-proteccion-individual-epi.HTM. Obtenida el 28/08/08.
ZAFFARONI, Eugenio Raúl (2007) “Prologo del libro “Delitos contra la seguridad pública” de FIGARI Rubén y BAILONE Matías”. En iuspenalista.com.ar y www.matiasbailone.com.ar. Obtenido el 30/08/08.
OSORIO Y FLORIT, Manuel (1987) “Código Penal de la Republica Argentina, Comentarios, Jurisprudencia y Doctrina”. Buenos Aires. Editorial Universo, pagina 319.
ALTERINI Atilio, AMEAL Oscar y LOPEZ CABANA, Roberto (1995),“Derecho de Obligaciones Civiles y Comerciales”, Buenos Aires. Editorial Perrot, pag 203 y ss; LLAMBIAS, “Obligaciones”, t. IV-A, número 2642; BUSTAMANTE ALSINA, J, “Tratado general de la responsabilidad Civil”, número 1067; BORDA, G. “Tratado de Derecho Civil. Obligaciones”, número 1485 y ORGAZ, A. “La culpa (acto ilícito), 1981, numero 106.
EJERCITO ARGETINO (2000). «Seguridad contra accidentes (RFP 00-01) ». Buenos Aires. Instituto Geográfico Militar, página 395.
EJERCITO ARGETINO (1969). «Uso, transporte y almacenamiento de detonadores (RFP 04-27) ». Buenos Aires. Instituto Geográfico Militar, página 18.
CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN(2003).”Guía de seguridad para el trabajo con explosivos”. En http://www.cmic.org/ici/guiaSTPS-CMIC/guiaexplosiv.htm. Obtenida 20/08/08.
SANCHEZ GOMEZ MERELO Manuel y Otros (2008). “Manual para el Director de Seguridad”. Madrid. Editorial Estudios técnicos, pagina 21.
DECRETO NÚMERO 249/07 DE LA LEY DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO NÚMERO 19.587 (2007).” Reglamento de higiene y seguridad para la actividad minera", en http://redproteger.com.ar/mineria1.htm, Obtenida el 02/05/08.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, DECRETO NÚMERO 351/79 DE LA LEY DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO NÚMERO 19.587 (1979). ” Reglamentario de higiene y seguridad en el trabajo". Buenos Aires. Ediciones del país, página 193.
REPSOL YPF S.A. (2005). « Norma OG-19 Procedimiento uso en explosivos». Buenos Aires, página 10.
GONZALEZ, SANTIAGO EUGENIO (2006) “Medidas preventivas ante presencia de corrientes en operaciones con material explosivos”, en http://redproteger.com.ar/escuelaseguridad/index.php?act=category&id=14, Obtenida el 02/05/08.

REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, DECRETO NÚMERO 302/83 DE LA LEY NACIONAL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS NUMERO 20429 (1983).”Reglamentación parcial de pólvoras, explosivos y afines”. en http://www.renar.gov.ar/legis/leydec.asp , Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2001). ”Disposición número 74/01: Servicios de voladuras urbanas”. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2001). ”Disposición número 47/01: Baja de usuarios de explosivos”. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2004). ”Disposición número 99/04: Inscripción usuarios de explosivos”. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2005). ”Disposición número 09/05: Intimación a usuarios de explosivos p/ regularizar situación “. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2005). ”Disposición número 81/05: Requisitoria para usuarios que realicen servicios de prospección sismografica “. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2005). ”Disposición número 270/05: Depósitos fiscales de almacenamiento temporario de explosivos en zona aeroportuaria”. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2006). ”Disposición número 200/06: Depósitos fiscales de almacenamiento temporario de explosivos en zona aeroportuaria”. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2007).”Disposición número 140/07: Instructivos para usuarios de nitrato de amonio”. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2007). ”Disposición número 99/07: Prorroga de inscripción, reinscripción o rehabilitación de usuarios de explosivos (actividad minera “. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (2007). ”Disposición número 425/07: Instructivos para certificar psicofísicos a usuarios de explosivos, pólvoras y afines”. http://www.renar.gov.ar/legis/dispo.asp. Obtenida el 02/05/08.
MINERA ALUMBRERA YMAD –UTE(2006). “Estadística de accidentes”. http://www.alumbrera.com.ar/rrhh-seg-Estad.asp. Obtenida el 18/06/08.
Diario Clarín.”Hay más de 1000 fábricas y 872 polvorines sin control” http://www.clarin.com/diario/2004/04/12/p-01001.htm. 11 de abril 2004.
Diario Clarín.”Hay más de 1000 fábricas y 872 polvorines sin control” http://www.clarin.com/diario/2004/04/12/p-01001.htm. 11 de abril 2004.
Diario Río Negro.” Increíble robo de explosivos en Roca: se llevaron 715 kilos”. http://www.rionegro.com.ar/arch200312/12/l12g01.php. 11 de diciembre del 2003.
Diario El Tribuno. “Gendarmería proseguía buscando material explosivo en Ushuaia”. 20 de marzo del 2000.
Diario El Tribuno. “Hallaron 46 boosters sísmicos en una vivienda de Tartagal ”. 20 de marzo del 2000
Diario Tercer Mundo “Gualtieri detenido por supuesto contrabando de explosivos”. http://www.tercermundonline.com.ar/index.php?option=news&task=viewarticle&sid=139&Itemid=2. 26 de junio del 2003.
Diario Río Negro. “Tras el parate, vuelven al trabajo en Salto Andersen”. http://www.rionegro.com.ar/diario/2008/01/23/20081r23s06.php. 23 de enero del 2008.
Diario Nuevo Diario. “Secuestran explosivo robado en Tucumán”. http://www.nuevodiarioweb.com.ar/(A(lDiSj. 14 de junio del 2008.
ARDINES, Isabel Anayansi y Otros (2008). “El petróleo y su proceso de refinación”. En www.monografias.com/trabajos5/petroleo/petroleo.shtml?monosearch#PROSPE. Obtenida 29/08/08.
Fallo de la Cámara Criminal y Correccional Federal, Sala 1º. 24/05/89. GALLINO, Edgardo D. JA 1993-III. Documento número 2.465922.4659
ESMEVA (2002),” Fichas técnicas de formación en prevención de riesgos laborales para trabajadores de la minería. Artificiero en el exterior”. En http://www.esmeva.com/Paginas/Oferta/Fichas/ficha03.pdf . Obtenida 20/08/08
45- CORTES DIAZ, José María (2008). Op cit, pág 150.
46 -ALTERINI Atilio, AMEAL Oscar y LOPEZ CABANA, Roberto (1995),“Derecho de Obligaciones Civiles y Comerciales”, Buenos Aires. Editorial Perrot, pag 203 y ss; LLAMBIAS, “Obligaciones”, t. IV-A, número 2642; BUSTAMANTE ALSINA, J, “Tratado general de la responsabilidad Civil”, número 1067; BORDA, G. “Tratado de Derecho Civil. Obligaciones”, número 1485 y ORGAZ, A. “La culpa (acto ilícito), 1981, numero 106.

PARTE 1
PARTE 2
PARTE 3
PARTE 4

ANEXO 1
ANEXO 2
ANEXO 3
ANEXO 4
ANEXO 5
ANEXO 6
ANEXO 7
ANEXO 8

10 oct 2009

NORMA DE SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL EN ACTIVIDADES MINERAS Y PETROLERAS

PARTE IV
Por Santiago Eugenio González
Licenciado en Seguridad
Especialista en Seguridad e Higiene en el Trabajo

3. Riesgos en la manipulación de material explosivo:

En este apartado es necesario recordar que cuando empleamos el término “manipulación” nos referimos a todo acto de operar con las manos o con cualquier instrumento una cosa, en este caso un material explosivo; asimismo, utilizamos el termino “empleo” como sinónimo de manipulación y evaluaremos únicamente los riesgos y las diferentes medidas de seguridad descripta en los artículos 217 al 297 de la presente norma legal, que contempla los apartados de disposiciones generales, preparación de los barrenos, voladuras en proximidades de transmisores de alta frecuencia, voladuras en proximidades de edificios y estructura, empleo de instrumental sismográfico y cargas falladas.

a. Momentos o etapas en la manipulación de explosivos:
Toda operación de manipulación de material explosivo comprende diferentes etapas o momentos, cada empresa conforme a sus políticas de seguridad han elaborado diferentes procedimientos entre los que se destacan los siguientes:
La empresa “ESMEVA” que ejecuta operaciones con explosivos confecciono una “fichas técnicas de formación en prevención de riesgos laborales para trabajadores de la minería”, la misma cuenta con el patrocino Dirección Regional de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía del reino de España, este documento describe las distintas fases en la manipulación de material explosivo:

Fase A: Trabajo administrativo. Cálculo de cantidad de explosivo y detonadores necesarios para el día siguiente.
Fase B: Llegada de explosivo. Control y reparto en el lugar adecuado. Con ayuda de dos personas autorizadas.
Fase C: Distribución de los detonadores eléctricos:
Fase G: Carga de barrenos con ayuda de otro artillero.
Fase E: Conectar detonadores, tirar la línea, comprobar, control de la situación, aviso y disparo.
Fase F: Control posterior de la voladura.
Fase G: Cálculo de la voladura del día siguiente. 40

No existen dudas que la mayoría de las empresas se guían por los consejos de seguridad en la manipulación de material explosivo que ha instrumentado la empresa “DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY INC”, los cuales fueron utilizados por los autores de nuestra norma legal como base jurídica, “…esta manipulación comprende las siguientes etapas o momentos:

Preparación del área de voladura.
Regreso al área de voladura.
Gases.
Barrenos quedados.
Barrenos incendiados o demorados.
Vibraciones producidas por la voladura.
Tales etapas se caracterizan por el cumplimiento de diferentes normas de seguridad para neutralizar cualquier riesgo que se origine con la manipulación de este material, siendo necesario mencionar las más importantes:

1) Preparación de la zona de voladura:
Si bien no existe una regla para determinar el zona de voladura, pero en esa zona únicamente se encuentra personal vinculado al trabajo que se realiza, sus caminos de acceso quedan clausurados mediante colocación de banderas rojas y permaneciendo bajo vigilancia.
Asimismo dentro de la zona de voladura se demarca un “área de seguridad”. Se entiende por tal al sector considerado peligroso por el encargado de voladura, teniendo en cuenta el material a ser volado, el tipo y ubicación de la voladura, la cantidad, la profundidad y el espaciamiento de los barrenos y la cantidad y el tipo de explosivos utilizados.
Esta zona en la mayoría de las ocasiones es determinada mediante la experiencia del especialista en explosivos dejando un apreciable factor de seguridad ante que ocurriera una voladura anormal en cualquier momento, como también, por las existencias de estructuras edilicias en su entorno.
Si el área ha tenido otros disparos, ese lugar siempre es inspeccionado con la finalidad de detectar algún explosivo sin detonar que se hayan utilizado en vo­laduras anteriores. Si bien, el procedimiento más seguro consiste en conservar las cuadrillas de barrenación y de cargado separadas lo más posible, y permitir un periodo de enfriamiento de cuando menos una hora del área que sea trabajado.
Es necesario mencionar que nunca se trabaja con detonadores eléctricos en proximidad de fuentes generadores de corrientes eléctricas (cable de alta tensión, elementos de excavación o transporte y otros) empleándose para contrarrestar tal presencia los agentes explosivos y cordón detonante, los cuales reducen al mínimo los riesgos de explosión.
Antes que la voladura esté lista para el disparo, siem­pre se adoptan tres precauciones:
La afectación de personal ubicado a los 360º a una distancia considerable del área de voladura para cumplir la función de seguridad, que consiste en impedir el acceso de personas, vehículos o cualquier ser vivo al lugar.
Contar con un refugio adecuado para el personal o el equipo que permanece en esa área.
Contar con un sistema comunicaciones y de señales, sencillo pero adecuado. En lo referente al sistema de señales, el tamaño del área de voladuras, las rutas de acceso, y clase y cantidad de ruidos, determinan el tipo de señales que deben utilizarse. Los más empleados son los silbatos, sirena o un pequeño disparo superficial con dinamita.
Por último, siempre se planifica ejecutar una voladura en el transcurso del día (luz diurna) debido a que existe la posibilidad de que queden cargas sin detonar, pues si la mismo se realiza después de oscurecer, se incrementa la posibilidad de encontrar cargas sin detonar, como así, será mucho más difícil asegurarse que el personal esté fuera del área de disparo y que los guardias puedan efectuar sus deberes adecuadamente.
Nuestra norma legal describe perfectamente los procedimientos de seguridad que debe seguir un especialista antes efectuar una voladura (artículo 254 del Decreto Reglamentario 302/83, de la Ley Nacional de Armas y Explosivos 20429).

2) Regreso al área de voladura:
Todos los especialistas ante de regresar al lugar de voladura adoptan una medida precautoria, que consiste en que transcurra un tiempo suficiente para que se hayan despejada el humo, el polvo y los gases de la explosión.
La presencia del humo, no sólo es incómoda, sino realmente peligrosa, ya que la visibilidad es tan escasa que no puede observarse la condición en que quedó el lugar (rocas, metales, etc.) además los gases producidos por el disparo de cualquier tipo de explosivo contienen ingredientes tóxicos en cantidades que pueden ser peli­grosas. Se debe esperar unos pocos minutos hasta que se disipe el humo; no afecta los resultados y permite que todo el personal regrese con seguridad.
En ocasiones algunos tipos de explosivos que no están balanceados químicamente existe el riesgo que se originen pequeñas explosiones secundarias de los gases varios minutos después de la voladura, y éstas pueden provocar derrumbes de rocas u otros objeto que pueden originar un riesgo para aquellas personas que ingresan al lugar de disparo a través del humo espeso.

3) Gases:
Como ya se expresó precedentemente, los gases resultantes de voladura, sea cual fuere el explosivo utilizado, contienen sustancias tóxicas. Por lo general, los explosivos que se utilizan en trabajo subterráneo, que no sean minas de carbón, se seleccionan por sus excelentes características de gases, pero es necesario destacar que un disparo que involucra varias cajas de explosivos en las mejores características de gases origina suficientes gases tóxicos para crear una atmósfera peligrosa para la respiración. Lo mismo ocurre con las mezclas de agentes explosivos con balance de oxígeno que se cargan neumáticamente, aun cuando estas mezclas estén bien cebadas y confinadas en barrenos secos.
En esta etapa resulta de vital importancia el periodo de espera entre el disparo y el regreso al lugar de voladura, los mas experimentados emplean diferentes sistema de ventilación, consiste en montar un ventilador junto a la fuente de aire fresco y llevarlo hasta la frente a través de tubería adecuada, ya sea flexible o rígida, este sistema permite en primer lugar que se retire el humo y los gases producidos por la voladura y, el segundo, asegura el aprovisionamiento de aire fresco al personal a todas horas
Otros emplean, en cambio, en las operaciones subterráneas, la técnica de rociar con agua el frente de voladura y la rezaga, la misma ayuda a precipitar el humo y el polvo, mejorando la visibilidad, como también, disuelve gases tóxicos rápidamente.

4) Barrenos quedados o no explosionado:
Esta etapa resulta de vital importancia para un especialista en explosivos pues la presencia de cargas explosivas sin detonar implica un potencial accidente, pues ante la presencia de ellas el especialista debe conocer primero, cómo manejarlo con seguridad y, segundo, cómo evitar su repetición.
Ante la presencia de este fenómeno, se evita la utilización de palas mecánicas en la rezaga que contiene explosivos sin explotar. Además la investigación y la corrección esta dificultad es realizada por aquella persona cuidadosa y experimentada, quien realiza su trabajo de un modo metódico y sin interferencia que consiste en hacer explotar esa carga fallida y en algunas ocasiones, si las normas de seguridad lo permiten es lavar el barreno.
Sin lugar a dudas, es necesario destacar que nuestra legislación describe perfectamente los paso que debe seguir un especialista ante la presencia de cargas no explosionada que han sido cebadas con los detonadores eléctricos y pirotécnicos, en donde los riesgos de error son mínimos si el especialista respecta en forma estrictas esos procedimientos (artículos 284 al 297 del Decreto Reglamentario 302/83, de la Ley Nacional de Armas y Explosivos 20429).
Por último, una observación detallada en la investigación de un barreno no detonado, por lo general, revela la causa del problema, tal como detonadores con errores de fabricación, el uso de explosivos no resistentes al agua en trabajo húmedo, prácticas de carga inadecuadas, daños a la mecha o a los alambres de los detonadores, fallas al encender la mecha o al conectar el detonador al circuito o una conexión inadecuada para la energía disponible.

5) Barrenos incendiados o demorados:
En muchas ocasiones los errores en el procedimiento provocan la existencia de barrenos quedados o no explosionado debido a que toda la carga o parte de ella se incendia, y este incendio origina como resultado una explosión, lo que generalmente se conoce como una "explosión demorada".
Existen diferentes causas que originan esta situación entre las que se destacan las siguientes:
Si la detonación de una columna de dinamita en el barreno se interrumpe por la separación como consecuencia de las cortaduras de la barrenación, el resto de la carga puede incendiarse. Esto es más probable que suceda con algunos explosivos permisibles que con las dinamitas más densas y sensibles. También las cargas quedadas pueden incendiarse por el calor de la detonación de barrenos adyacentes. Por esta razón nunca se deja barrenos cargados fuera del disparo.

Otra causa posible de dinamita incendiada es el uso de una línea eléctrica para disparar uno o dos detonadores eléctricos en un disparo secundario ocasional. Bajo estas condiciones, las cargas se inician en todas las ocasiones con detonadores instantáneos, o si son de retardo, es necesario dispararlas con una máquina explosora (explosor) de tipo de generador o de descarga de condensador.
La existencia de las cargas incendiadas puede ocurrir ya sea que se disparen eléctricamente o con detonadores pirotécnicos y mecha. Lo fundamental si se observa o se sospecha, la presencia de una carga incendiada, ninguna persona podrá acercarse a ella por el lapso de una hora. Asimismo como se mencionó previamente, los gases de la dinamita incendiada son muy tóxicos, de tal modo que el lugar o área tienen que estar bien ventilados antes de permitir el regreso del personal.

6) Vibraciones producidas por la voladura:
El tema de las vibraciones producidas por las voladuras ha adquirido una mayor importancia en los últimos años. Esto se debe a varios factores, entre los que ellos, el crecimiento demográfico de las ciudades, hacen que las personas construyan sus propiedades en cercanías de las canteras y otros lugares de operaciones que utilizan explosivos. Año por año se presentan demandas más fantásticas basadas en el daño a la propiedad y lesiones o molestias a los individuos…”. 41
Cabe mencionar que nuestra legislación describe perfectamente el empleo de instrumental (artículo 283 del Decreto Reglamentario 302/83, de la Ley Nacional de Armas y Explosivos 20429).

b. Riesgos en los diferentes momentos o etapas en la manipulación de explosivos:
A los fines de ser más ilustrativo en este tema emplearemos la metodología de trabajo de la empresa “DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY INC”, debido a que la misma es más completa y cuenta con el reconocimiento internacional.
Además de los diferentes riesgos que se han descriptos en el apartado“c. Equipo protección personal” existen otros riesgos que un especialista en explosivo tiene en cuenta para asegurar el correcto y seguro uso de los explosivos, entre los que se destacan:

Riesgos en la preparación del zona de voladura:
Caídas a distinta altura, al estar cargando algún tiro con material explosivo cerca del borde del talud.
Caídas a distinta altura al tropezar con piedras o equipos de trabajo mal almacenados antes y a posteriores de la detonación.
Caída de objetos por desplome o derrumbe, al trabajar en proximidad del de frentes o taludes.
Incendios o explosiones, originadas por el manejo incorrecto de detonadores, cordón detonante o material explosivo o por la existencia de “electricidades extrañas” (ondas de radiofrecuencia, corrientes erráticas o cargas electrostáticas, etc.).
Incendios o explosiones en los detonadores, cordón detonante o material explosivo como consecuencia de la tarea de retacado en el barreno, manejo incorrecto de o por la existencia de “electricidad extraña” (ondas de radiofrecuencia, corrientes erráticas o cargas electrostáticas, etc.).
Sobreesfuerzos, en el acarreo o manejo de los contenedores de explosivos, al descargarlos desde el transporte hasta el lugar de tiro.
Lesiones físicas del personal especialista como consecuencia de las proyecciones de partículas originadas por la detonación de los explosivos (no tomar distancia adecuada a las cargas colocadas).
Lesiones físicas del personal especialista como consecuencia del empleo incorrecto de los equipos de protección personal.
Lesiones físicas de transeúntes o personas ajenas fuera del cerco de seguridad como consecuencia de las proyecciones de partículas originadas por la detonación de los explosivos.
Caída de objetos por desplome o derrumbe como consecuencia de la explosión.

Riesgos al regreso al área de voladura:
Caídas a distinta altura al tropezar con piedras.
Caída de objetos por desplome o derrumbe en proximidad del lugar de voladura.
Explosiones originadas por la existencia de “electricidad extraña” (ondas de radiofrecuencia, corrientes erráticas o cargas electrostáticas, etc.).

Riesgos de gases:
Intoxicación para las personas como consecuencia del humo y de los gases producidos por la voladura.
Caídas o desmayo originado por los gases producidos por la voladura.

Riesgos de barrenos quedados o no explosionado e incendiados o demorados:
Caídas a distinta altura en proximidad algún tiro con material explosivo no explosionado cerca del borde del talud.
Caídas a distinta altura al tropezar con piedras.
Caída de objetos por desplome o derrumbe en proximidad del lugar de voladura.

Explosiones originadas por la existencia de “electricidad extraña” (ondas de radiofrecuencia, corrientes erráticas o cargas electrostáticas, etc.).

Riesgos por las vibraciones producidas por la voladura:
Rotura y/o fisuras de la estructuras edilicias en proximidad de la zona de voladura.
Rotura y/o fisuras de ductos en proximidad de la zona de voladura.
Es necesario mencionar que las mayoría de las empresas ejercen el debido control para no originar actividades de riesgo en esta actividad, la misma responde a la implementación de sus políticas de seguridad, como también, no se han denunciado por los medios de comunicación social de accidentes que han padecido su personal a excepción de los que acontecido dentro del ámbito estatal (Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad y Policiales). Debiendo destacarse que gran parte de los accidentes ocurren por factor humano y por la presencia de “electricidades extrañas”, los cuales mas adelante son desarrollados.
Únicamente se han registrado en nuestro país accidentes de personas ajenas a las actividad de manipulación con explosivos, en especial, a los riesgos de barrenos no explosionado o quedados, esto demuestra la negligencia o imprudencia o impericia o inobservancia de los procedimientos por parte de las personas responsable de estas actividades. Para ser más ilustrativo ver Anexo 1: Material explosivo abandonado conforme a la difusión en los medio de comunicación masiva de nuestro país.
Cabe destacar que la mayoría de los accidentes descriptos han ocurrido en gran parte por las manipulación de personas inexpertas de las cargas explosivas abandonadas o no explosionadas en actividades ejecutadas en las décadas del año 70 y 80 en lugares inhóspitos y que como consecuencia del incremento población y los efectos climáticos provocan en la actualidad el hallazgo de este material que estuvo sepultado bajo tierra por varios años, como es, en el caso de las empresa dedicadas de prospección sismográfica o la explotación de las canteras o minas abandonadas. Este tema lo tratare a posteriori a los fines de determinar quien es el responsable de controlar estas atrocidades.
Un claro ejemplo de esto es la información que aporto sobre el movimiento de las operaciones de importación y exportación de material explosivo en nuestros país para conocer las grandes cantidades que se manipula, como de las diferentes regiones en donde se desarrollan actividades mineras y petroleras, lo cual obliga a tomar conciencia de que esas regiones o zonas pueden ser potencialmente originadoras de un riesgo para las personas y los bienes materiales como consecuencia de la manipulación imprudente de una cargas explosivas o barrenos no explosionado o el hallazgos de polvorines abandonados. Ver Anexo 4: Registro de Usuarios de explosivos y movimiento de material explosivos registrado en el Departamento Explosivos del registro Nacional de Armas.
En la actualidad, la mayoría de las empresas están trabajando para solucionar es anomalía, implementando política de comando y control en cuanto al personal que ejecuta estas tareas a los fines de detectar quienes infringe los procedimientos. Un claro ejemplo de estos es la cadena de responsabilidades y de control para su personal y empresas contratadas que ejecuta la empresa Repsol YPF S.A., la cual en su norma número OG-19 de operaciones geofísicas describe los procedimientos de uso de explosivos conforme lo exige OHSAS 18001 - ISO 14001. Ver Anexo 7.
Por último, es necesario mencionar que el mayor riesgo de accidentes en las diferentes etapas de la manipulación de explosivo se centraliza en la preparación de la zona de voladura y la presencia de cargas explosivas o barrenos sin explosionar, siendo principalmente la causal de su activación la presencia de “electricidades extrañas”.

4. Principios para evitar accidentes en la manipulación de material explosivo:
Para analizar los accidentes que han ocurrido con la manipulación de material explosivo utilizare como guía la clasificación del Ingeniero José María Cortes Díaz, que en su trabajo “Seguridad e Higiene del Trabajo” sostiene que definidas las causas de los accidentes como las diferentes condiciones o circunstancias materiales o humanas que aparecen en el análisis de las distintas fases del mismo, es posible deducir una primera e importante clasificación dependiendo del origen de las mismas: causas técnicas y causas humanas, a las que también se les denomina “condiciones inseguras” y “prácticas inseguras”.
Condición insegura: comprende el conjunto de circunstancias o condiciones materiales que pueden ser origen de accidente. Se les denomina también condiciones materiales o factor técnico.

Acto inseguro: comprende el conjunto de actuaciones humanas que pueden ser origen de accidente. Se les denomina también actos peligrosos, prácticas in seguras o factor humano.

Además de los diferentes riesgos que se han descripto en el apartado “c. Equipo protección personal” existen otros aspectos a tener en cuenta para asegurar el correcto y seguro empleo de los explosivos. La calidad del material y de los accesorios utilizados para su manejo, como también, un adecuado diseño y organización del método de trabajo (que de acuerdo conla legislación vigente en materia de explosivos deberán ser realizados por personas idóneas), son condiciones que han de acompañar a la siempre obligada formación del operario encargado de la manipulación del explosivo.

a. Actos peligrosos, prácticas in seguras o factor humano:
Que habiendo entrevistado a diferentes referentes o expertos en explosivos coinciden la mayoría de ellos en que los accidentes responden al factor humano o practicas inseguras; por ello para impedir estas practicas inseguras se guían por los consejos de seguridad para evitar accidentes de la empresa “DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY INC”, esta empresa sostiene que “…existen cuatro principios fundamentales para evitar accidentes que se aplican a todos los tipos de voladuras con material explosivo. Los primeros tres se refieren al usuario que delega su trabajo a sus empleados, y el cuarto se aplica al usuario individual que contempla efectuar él mismo el trabajo.
El primero de estos principios es que entre menos hombres manejen los explosivos, menores serán los riesgos de accidentes. Esto significa la división de la mano de obra y sistematización de las operaciones. Significa que los polvorines principales y de distribución estarán a cargo de un solo hombre y que ninguna otra persona está autorizada para recibir o facilitar explosivos o detonadores. En donde se trate de una cuadrilla, significa la asignación definida de las diferentes tareas involucradas en el cargado y disparo de una vola­dura. Estas incluyen el transporte de explosivos y detonadores, abrir las cajas, cebar, cargar, colocar el taco, conectar los circuitos de voladura y efectuar el disparo de tal modo que toda la cuadrilla conozca exactamente cuáles son los deberes individuales. Con un sistema como éste, todo debe hacerse de un modo preciso y ordenado, sin dejar al azar las diferentes tareas que deben ejecutarse. También es deseable que todas las personas que no estén directamente involucradas con el trabajo se conserven lejos de él.

El segundo principio es que los hombres que manejen los explo­sivos deben poseer ciertas características, además de suficiente cono­cimiento y experiencia. Es necesario seleccionarlos por su inteligen­cia y sentido común. También; deben conocer los explosivos —qué es seguro y qué es peligroso en su manejo— el tipo de conocimiento que puede obtenerse únicamente mediante la experiencia. Estos hom­bres, por lo regular, pueden entrenarse para manejar los explosivos con habilidad y discreción, en tanto que otros, que no son adecuados, nunca serán buenos y seguros artilleros, sea cual fuere la canti­dad de entrenamiento. Un hombre completamente novato debe recibir siempre instrucciones definidas antes que se le permita mane­jar los explosivos, y, después, es indispensable que trabaje bajo la supervisión de un hombre cuidadoso y experimentado hasta que haya demostrado ser digno de confianza, para no poner en peligro a su persona o a sus compañeros.
Existen en la actualidad muchos buenos planes para entrenar a los dinamiteros, algunos que se pueden adaptar a una operación y unos más a otra operación. Entre éstos se, encuentra el colocar en un tablero los reglamentos de seguridad e ilustraciones a escala gran­de de los métodos seguros. Estos pueden ponerse en polvorines de distribución, vestidores, entradas a la mina y al túnel, y en otras localizaciones en donde se agrupa el personal. Los boletines ilustra­dos se distribuyen al personal que puede beneficiarse de las instrucciones escritas. Se pueden tener a intervalos regulares reuniones de seguridad y escuelas para dinamiteros, en las cuales se efectúen programas de educación definida y progresiva a través de pláticas da­das por personas preparadas para proporcionar instrucción. Es muy efectivo suplementar las prácticas con películas y transparencias. Quizá lo más importante son los periodos de preguntas y respuestas, las discusiones libres entre el personal, y la instrucción directa diaria del operador dada por su superior inmediato.

El tercer principio general es que deben hacerse cumplir los reglamentos de seguridad. No es necesario enseñar al personal únicamente prácticas de seguridad, debe insistirse en que ellos la sigan. Esto significa que es indispensable mantener una supervisación cercana y una disciplina estricta. Mucho puede lograrse creando entre el personal un espíritu de grupo de responsabilidad para la seguridad, y alentando la competencia amistosa entre los individuos y entre grupos para la reducción de accidentes. Además, el superintendente y el ingeniero de seguridad pueden, y deben, ir un paso más adelante. Deben hacer reconocimientos periódicos de toda la operación a la que están a cargo para determinar todos los riesgos que existan bajo las condiciones específicas locales. Tienen, entonces, que crear modos y medios para eliminar los riesgos innecesarios para entrenar al personal, con el fin de evitar así, accidentes de los riesgos que no pueden eliminarse.

Como se indicó anteriormente, el cuarto principio se aplica al consumidor individual que pretende hacer sus disparos solo o con la ayuda de uno o dos empleados, miembros de su familia o vecinos. Nadie, sin tener entrenamiento previo o experiencia en este campo, debe tomar un riesgo de tal naturaleza, ya que el menor error puede causar graves consecuencias; nadie debe permitir a sus ayudante asumir estos riesgos si no tienen entrenamiento y experiencia previa; y, finalmente, nadie debe permitir que personas menores de 18 años de edad manejen o utilicen los explosivos, o se encuentren en la cercanía cuando éstos se manejen o utilicen. Es necesario dejar que cada usuario determine, por su propio juicio, si el entrenamiento o experiencia de sus adyacentes son suficientes para efectuar la tarea con seguridad, y, si se tienen dudas después de una consideración cuidadosa, deben pedir consejo y asistencia a una persona calificada….”.42

Es necesario destacar que en nuestro territorio, gran parte de los accidentes con explosivos han sido originados por personas inexpertas o carentes de la idoneidad necesaria, cabe como ejemplo lo descripto en el Anexo 1: “Abandono de material explosivo en nuestro país”, en donde se podrá evaluar la negligencia e inoperancia de los responsables de la manipulación del material explosivo.

b. Condiciones materiales o factor técnico:
Dentro del conjunto de circunstancias o condiciones ma­teriales que pueden ser origen de este tipo accidente, su mayor incidencia se centra en las electricidades extrañas que dan origen a las explosiones accidentales.
La empresa Du Pont de Nemours and Compay Inc sostiene que “…el término “electricidad extraña” se refiere a la energía eléctrica no deseada, que puede entrar a los circuitos eléctricos de voladura, proveniente de cualquier fuente. Las fuentes de esta electricidad se pueden dividir en dos categorías:

Aquellas generadas por la naturaleza.
Las producidas por el hombre.
Las generadas por la naturaleza incluyen el rayo, la estática y la acción galvánica.
Las generadas por el hombre comprenden a las corrientes inducidas por la radiofrecuencia, generadores estáticos, corrientes erráticas producidas por equipo eléctrico impropiamente instalado o en malas condiciones de trabajo, corrientes inducidas magnéticas y electrostáticas, descargas de corona de líneas de transmisión de alto voltaje y fuertes corrientes de tierra originadas por líneas de fuerza o rieles cercanos al sitio de la voladura.
Las fuentes producidas por el hombre se hacen cada vez más numerosas, ya que cada año se tienden miles de líneas de transmisión y nuevos equipos eléctricos. Al mismo tiempo, el uso de los detonadores eléctricos es cada vez mayor. Como resultado de esta combinación de circunstancias, los riesgos de la electricidad extraña relacionados con los circuitos eléctricos de voladura son un motivo de preocupación cada vez más importante…”. 43
Por su parte, el “Reglamento de uso de detonadores” del Ejercito Argentino en su “Capitulo I: Causa y riesgo de explosiones accidentales” menciona “…que los detonadores eléctricos pueden explotar accidentalmente por acción de alguna de las siguientes causas:

Rayos y cargas eléctricas producidas por tormentas.
Proximidad de equipos transmisores de radio, radar y televisión.
Electricidad estática.
Proximidad de líneas transmisoras de energía eléctrica.
Otras fuentes de electricidad extrañas.

La detonación eléctrica será usada con precaución, o preferiblemente deberá ser reemplazada por sistemas de detonación pirotécnicos en cualquiera de las situaciones peligrosas mencionadas precedentemente. Los detonadores comunes (no eléctricos), también podrán explotar por la acción de rayos…”. 44
En lo que respecta a nuestra norma legal, la misma describe diferentes medidas de seguridad ante la presencia de electricidad extraña, como así, distintos procedimientos de seguridad a tener en cuenta ante el empleo de detonadores eléctricos.

En el Anexo 6 se describen las distintas Medidas de seguridad y los procedimientos seguros a tener en cuenta en la manipulación de material explosivo ante la presencia de electricidad extraña.

40- ESMEVA (2002),” Fichas técnicas de formación en prevención de riesgos laborales para trabajadores de la minería. Artificiero en el exterior”. En http://www.esmeva.com/Paginas/Oferta/Fichas/ficha03.pdf . Obtenida 20/08/08.
41- DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY INC (1973). Op cit, página 501.
42- DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY INC (1973). « Manual para el uso de explosivos ». México D.F.. Compañía Editorial Continental S.A, página 499.
43- DU PONT DE NEMOURS AND COMPANY INC (1973). Op cit, página 197.
44- EJERCITO ARGETINO (1969). «Uso, transporte y almacenamiento de detonadores (RFP 04-27) ». Buenos Aires. Instituto Geográfico Militar, página 18.